El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha aceptado revisar la sentencia del Tribunal Constitucional español que, en 2024, obligó a la Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna, Hermandad religiosa masculina fundada en el siglo XVII, a modificar sus estatutos y permitir la incorporación de mujeres.
La decisión del Constitucional había dado la razón a María Teresita Laborda Sanz, quien llevaba años luchando judicialmente para poder formar parte del colectivo. Laborda Sanz había obtenido previamente el respaldo de un juzgado de La Laguna y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, aunque el Tribunal Supremo, en diciembre de 2021, había fallado en contra, argumentando que la exclusión de mujeres no constituía discriminación de género ni vulneración de derechos, dado que ellas siempre podían crear otra asociación con fines similares.
Discriminación
El Tribunal Constitucional corrigió esta interpretación, considerando que existía discriminación por razón de género y vulneración del derecho de asociación de Laborda Sanz al impedirle ingresar a la Hermandad por su condición de mujer. Según el fallo, la exclusión femenina "no puede estar amparada por la autonomía religiosa de dicha asociación" y carece de justificación religiosa o moral.
Tras esta sentencia, la Esclavitud del Cristo de La Laguna y el Obispado de Tenerife recurrieron ante el TEDH. Alegan que obligar a admitir mujeres supone "una grave injerencia del Estado y una vulneración de los principios constitucionales de neutralidad y aconfesionalidad", además de limitar los derechos fundamentales de libertad religiosa y de asociación.
Hermandad y Obispado
En su recurso, la Hermandad y el Obispado se apoyan en los artículos 9 y 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la jurisprudencia del TEDH, que establece que los poderes públicos no pueden imponer la inclusión o exclusión de miembros en comunidades religiosas.
Argumentan que la autonomía religiosa y el derecho de libre organización —reconocidos tanto por la Constitución española como por la jurisprudencia previa del Tribunal Constitucional— protegen a la Hermandad, que cuenta con más de mil miembros, para mantener sus estatutos conforme a su identidad histórica y canónica desde su fundación en 1659.
Decisión
El caso ahora será examinado por el TEDH, que deberá decidir si la obligación de abrir la Esclavitud del Cristo a mujeres vulnera los derechos de la Hermandad y la libertad religiosa, o si la sentencia del Constitucional mantiene firme la protección de los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación.