Loading...
Carmen Delia Martín, comisaria principal de la Policía Local de Las Palmas, junto a Josué Íñiguez y Carolina Darias. / AH

Aval judicial a los comisarios de la Policía Local; tirón de orejas al Ayuntamiento de Las Palmas

El juzgado desestima el recurso contra la conservación de tres mandos tras anularse el proceso selectivo, pero reprocha al Consistorio su silencio administrativo

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha avalado la decisión del Ayuntamiento de mantener a tres comisarios de la Policía Local, pese a que el proceso selectivo que dio lugar a sus nombramientos fue anulado por el Tribunal Supremo.

La resolución judicial, fechada el 15 de abril de 2026, desestima el recurso presentado por Isidro Armas Díaz, que pretendía tumbar la decisión municipal y abrir la puerta al cese de los mandos.

Sin embargo, el fallo no es un respaldo sin matices: el magistrado reprocha con claridad al Consistorio haber optado por el silencio administrativo en lugar de dictar una resolución expresa, incumpliendo así su obligación legal de responder.

Desde 2013 y hasta el Supremo

El origen del caso se sitúa en 2013, cuando el Ayuntamiento aprobó las bases para la promoción interna de tres plazas de comisario de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria.

Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. / CEDIDA

Tras años de litigios, el Tribunal Supremo anuló en 2022 dichas bases, dando la razón al recurrente.

A partir de ahí, el Ayuntamiento ejecutó la sentencia dejando sin efecto el proceso, pero introduciendo un elemento clave: decidió conservar los nombramientos ya realizados, alegando que los tres comisarios —Carmen Delia Martín Mederos, José Luis de los Reyes Almeida y Rosa María Rodríguez Arteaga— actuaron como terceros de buena fe y que debía prevalecer la seguridad jurídica.

Revisión sin resolverse

En marzo de 2024, Isidro Armas solicitó la revisión de oficio de esa decisión, cuestionando la legalidad de mantener los cargos tras la anulación del proceso selectivo.

El Ayuntamiento no respondió, lo que dio lugar a una desestimación por silencio administrativo y a la posterior judicialización del caso.

Este punto se convierte en uno de los ejes de la sentencia. El magistrado advierte que el silencio no puede convertirse en práctica habitual de la Administración, recordando que existe un deber legal de resolver de forma expresa y motivada.

Debate jurídico

El demandante defendía que solo el Tribunal Supremo podía determinar si los nombramientos debían mantenerse o anularse, al derivar de un proceso declarado ilegal.

Por su parte, el Ayuntamiento sostuvo que le correspondía ejecutar la sentencia y fijar sus efectos, incluyendo la conservación de los cargos por razones de buena fe, confianza legítima y estabilidad institucional.

El juzgado rechaza el recurso

La sentencia concluye con la desestimación del recurso contencioso-administrativo, lo que en la práctica supone validar la actuación municipal y consolidar la continuidad de los tres comisarios en sus puestos.

La alcaldesa Carolina Darias pasa revista a agentes de la Policía Local / AH

El juez entiende que no procede anular la decisión del Ayuntamiento ni iniciar el procedimiento de revisión en los términos solicitados por el demandante.

Tirón de orejas al Ayuntamiento

Pese al resultado favorable al Consistorio, el fallo deja una advertencia relevante: la Administración no puede eludir su obligación de resolver amparándose en el silencio, una práctica que el magistrado califica de anómala y contraria al funcionamiento adecuado del procedimiento administrativo.

La resolución fija así una doble lectura: respalda el fondo de la decisión municipal, pero cuestiona la forma en que fue gestionada, en un caso que afecta directamente a la cúpula de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria y que sigue marcando el estándar de actuación administrativa en la ciudad.