Loading...
El Cabildo detecta hongos y daños por humedad en los murales de la ermita del Pueblo Canario. / AH

El Cabildo señala al Ayuntamiento como único responsable de los murales del Pueblo Canario

La Corporación insular rechaza cualquier corresponsabilidad en el deterioro de las pinturas de Jesús Arencibia y responde al concejal Mauricio Roque que imputar su "exclusiva responsabilidad" a otra administración "no es leal"

El Cabildo de Gran Canaria ha salido al paso este lunes de las declaraciones del concejal de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Mauricio Roque, y ha afirmado que el único responsable legal de la conservación de las pinturas murales de Jesús Arencibia en la Ermita de Santa Catalina del Pueblo Canario es el propio Consistorio capitalino, propietario exclusivo de este espacio declarado Bien de Interés Cultural (BIC).

La Institución insular considera "infundado" el intento del edil de corresponsabilizar al Cabildo del deterioro de la obra por un supuesto retraso en la intervención, motivo por el que el Ayuntamiento está sometido a un procedimiento incoado por el Gobierno de Canarias por presunta infracción grave en materia de patrimonio cultural, ligada al deber de conservación que le corresponde como titular.

"No es leal"

En su puntualización pública, el Gobierno insular lamenta que el Ayuntamiento, que tiene la competencia para vigilar el patrimonio cultural de su municipio —hasta el punto de poder exigir y sancionar a los ciudadanos que incumplan su deber de conservación—, "señale en cambio a otra Administración Pública".

El Cabildo sostiene que "no es leal ni de debido respeto institucional" imputar parte de una responsabilidad que califica de exclusiva a la Administración insular, que, según defiende, intentó colaborar con diversos informes técnicos para aminorar o frenar el daño a los murales y ejerció sus potestades inspectoras.

El Cabildo se defiende

La Corporación insular subraya que su actuación se limitó a ejercer su potestad inspectora ante el incumplimiento municipal del deber de conservación y a denunciar los hechos ante la Administración autonómica. Ahora, añade, el Ayuntamiento pretende hacer corresponsable de ese daño al patrimonio precisamente a la administración "que sí ha ejercido sus competencias".

El Cabildo recuerda además que la Ley del Patrimonio Cultural de Canarias obliga a propietarios y titulares de derechos sobre bienes patrimoniales a conservarlos, mantenerlos, restaurarlos, custodiarlos y protegerlos para asegurar su integridad y evitar su pérdida, deterioro o destrucción.

La Institución insular incide en que el deber de conservación recae en este caso sobre un propietario que es, a su vez, una Administración Pública, un detalle "de especial relevancia". Cita en este sentido el artículo 46 de la Constitución Española, que encomienda a los poderes públicos garantizar la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico, cualquiera que sea su régimen jurídico y titularidad, y advierte de que la ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

En el ámbito autonómico, el artículo 17 de la Ley del Patrimonio Cultural atribuye a los ayuntamientos la vigilancia del patrimonio existente en su término municipal, con la obligación de notificar al cabildo insular cualquier acción u omisión que suponga riesgo de destrucción o deterioro, sin perjuicio de adoptar de inmediato las medidas cautelares precisas para su preservación.