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Las Palmas de Gran Canaria autoriza la reforma del edificio de Cruz Blanca en pleno corazón de Vegueta. / AH

Las Palmas de Gran Canaria autoriza la reforma del edificio de Cruz Blanca en pleno corazón de Vegueta

El Ayuntamiento concede la licencia urbanística para acondicionar el inmueble de la calle López Botas tras el visto bueno unánime del Consejo Municipal de Patrimonio Cultural

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha dado luz verde a la reforma del edificio que la Fundación Cruz Blanca posee en el número 9 de la calle López Botas, en el barrio histórico de Vegueta. La Dirección General de Edificación y Actividades ha concedido la licencia urbanística que permitirá acometer el acondicionamiento interior del inmueble, un edificio de dos plantas sobre rasante y un ático retranqueado situado entre medianeras.

La resolución pone fin a un procedimiento administrativo iniciado el 19 de enero de 2026, cuando la entidad PKP Ingenieros, en representación de la Fundación Cruz Blanca, presentó la solicitud de licencia junto al proyecto redactado por LAR Arquitectos LPA, SLP. Durante su tramitación, el expediente obtuvo los informes favorables de los servicios técnicos municipales y del área jurídica antes de recibir la autorización definitiva.

Patrimonio Cultural

La actuación también recibió el respaldo del Consejo Municipal de Patrimonio Cultural, un trámite necesario al tratarse de un inmueble construido en 1874 y situado en un entorno con protección patrimonia. En la sesión celebrada el 3 de junio de 2026, el órgano consultivo emitió por unanimidad un dictamen favorable al proyecto, sujeto al cumplimiento de las condiciones recogidas en el informe técnico municipal.

Imagen de archivo del centro de Cruz Blanca en Las Palmas de Gran Canaria. / AH

La licencia autoriza exclusivamente el acondicionamiento interior del edificio, que cuenta con 721 metros cuadrados construídos sobre una planta de 353 m2, conforme al proyecto presentado por la fundación, sin que la resolución municipal detalle el uso concreto que tendrá el inmueble una vez concluyan las obras. El propio expediente recuerda que la autorización urbanística no sustituye, cuando sea exigible, los títulos habilitantes necesarios para el ejercicio de la actividad que finalmente pueda implantarse en el edificio.

Personas vulnerables

La Fundación Cruz Blanca es una organización sin ánimo de lucro promovida por los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca y especializada en la atención a personas en situación de vulnerabilidad. En Gran Canaria desarrolla desde hace años diferentes programas de intervención social dirigidos a colectivos especialmente sensibles, entre ellos personas migrantes, víctimas de trata, personas sin hogar y ciudadanos en riesgo de exclusión social.

La entidad gestiona en la isla recursos de acogida humanitaria para personas migrantes, ofreciendo alojamiento temporal, manutención, atención social, orientación jurídica, aprendizaje del idioma y acompañamiento en los procesos de integración. Además, participa en programas de retorno voluntario asistido y en dispositivos destinados a atender a personas que llegan al archipiélago en condiciones de especial vulnerabilidad.

Junto a esa labor, Cruz Blanca desarrolla proyectos especializados para víctimas de trata y explotación sexual, así como programas de inserción sociolaboral, cobertura de necesidades básicas y acompañamiento social dirigidos a personas y familias en riesgo de exclusión. Su actividad forma parte de la red estatal de recursos sociales impulsada en colaboración con distintas administraciones públicas.

Plazo de cuatro años

El Ayuntamiento establece un plazo máximo de cuatro años para iniciar las obras y otros cuatro años para finalizarlas. Antes del comienzo de los trabajos, la fundación deberá comunicar al Consistorio la fecha prevista con una antelación mínima de diez días, aportar el proyecto de ejecución cuando proceda y acreditar el pago del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

La resolución también obliga a instalar un cartel visible desde la vía pública en el que figure el número y la fecha de la licencia, la descripción de la actuación, el plazo de ejecución, el promotor y la dirección técnica de las obras, tal y como establece la normativa urbanística canaria.

Asimismo, el documento recuerda que la licencia se concede sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad, conforme a la legislación urbanística vigente, y que la resolución agota la vía administrativa, pudiendo ser recurrida mediante recurso de reposición o por la vía contencioso-administrativa dentro de los plazos legalmente establecidos.