Este martes, el Consejo de Ministros ha aprobado que el reparto de menores migrantes se haga de forma obligatoria a través de un real decreto ley. Tras más de un año de negociaciones, es la primera vez que la modificación de la ley de extranjería cuenta con el apoyo suficiente para aprobarse. El texto establece que las comunidades deberán de informar de su capacidad para acoger menores antes del 31 de marzo.
El apoyo de Junts permitirá ratificar el texto ante el Congreso de los Diputados, pero desde el Gobierno tienden la mano al PP para que se sume a su apoyo. Pocas opciones hay de momento para su respaldo ya que La presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (PP), ya ha anunciado que recurrirá el texto, ante el hecho de que la comunidad tendría que acoger a unos 700 menores, frente a los "20 o 30" de Cataluña que ha informado Junts.
El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, ha trasladado que no será hasta el 31 de marzo cuando se sabrá realmente cómo será la distribución de los menores migrantes. Desde su punto de vista, "debería ser una exigencia pública" el saber cuántos menores extranjeros no acompañados acoge cada comunidad.
La distribución
Para establecer la distribución de los menores las comunidades autónomas tendrán dos semanas para trasladar las certificaciones de los menores no acompañados extranjeros que están atendiendo. De esa cifra saldrá un número total de menores acogidos en España.
En el caso de Canarias, la cifra ronda los 5.000, razón por la que desde el Ejecutivo regional (también en manos del PP) se impulsó la modificación de la ley de extranjería para establecer un reparto obligatorio. El dato total de menores acogidos no se conoce se forma exacta.
El siguiente paso será coger la población de la comunidad autónoma y dividirlo en ese número de la distribución del conjunto del país. “Esa es la capacidad ordinaria de esa comunidad autónoma”, ha explicado Torres, quien ha asegurado que será equitativo. La distribución de los menores se decidirá en base a un 50% la población, un 13% la renta per cápita, un 15% la tasa de paro, un 6% el esfuerzo realizado y un 10% dimensionamiento de cada comunidad.
Contingencia migratoria
El artículo 35 de la ley se modificará añadiendo cuatro añadidos al texto. El 35.2 establece que la Conferencia sectorial de Infancia y Adolescencia mantendrá su “plena autonomía” con la posibilidad “de acordar y modificar cualquiera de los aspectos del real decreto ley si unánimemente lo dictamina”.
Si hay ese acuerdo, cualquier comunidad que tenga presencia de menores extranjeros no acompañados que multiplique por tres su capacidad ordinaria estará “en contingencia migratoria”. Esa comunidad autónoma trasladará al Gobierno de España la situación para la aplicación de los mecanismos contenidos en el real decreto ley, ha explicado Torres.
"Hay comunidades que no tienen ni por tres, ni por dos ni siquiera por uno su capacidad ordinaria", ha valorado Torres en relación al rechazo de algunas comunidades autónomas.
