El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno central presentó el pasado septiembre al respecto de dos puntos de los presupuestos canarios de 2025. En este trámite, el Constitucional ha dictado la suspensión de los dos artículos donde hay controversia: la disposición final cuarta y disposición final octava de las cuentas actuales.
Estos dos puntos están relacionados con las retribuciones de los gerentes del Servicio Canario de Salud y con las inversiones en los puertos deportivos. Según ha informado el Tribunal Constitucional, el Gobierno de España sostiene que lo que regulan ambas disposiciones podría ser contrario a las competencias estatales establecidas en los artículos 149.1, 9.3, 134 y 156 de la Constitución.
Nota de prensa | El Pleno del TC admite a trámite los recursos de inconstitucionalidad del Presidente del Gobierno de España y suspende varios preceptos de leyes de las Comunidades Autónomas de Aragón, Canarias y Murcia https://t.co/BVg1OBSB5H pic.twitter.com/TyQJb35T1l
— Tribunal Constitucional de España (@TConstitucionE) November 18, 2025
Sueldo preestablecido
Por una parte, la disposición final cuartamodifica la disposición adicional cuarta de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias para establecer que quienes desempeñen un puesto de gerente o de director gerente en el Servicio Canario de la Salud no puedan recibir retribuciones inferiores a las que estaban recibiendo antes de su nombramiento.
El actual director del Servicio Canario de Salud, Adasat Goya, percibe 77.172,28 euros anuales, un cargo que tiene rango de viceconsejero, según el artículo 59 de la ley de ordenación sanitaria.
En septiembre, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, indicó que esta disposición incumpliría la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2023 -que son los vigentes- y que iría también en contra del Estatuto básico estatal.
Inversión en puertos
Por otra parte, la disposición final octava de la ley de presupuestos de Canarias, en su apartado primero, establece que la inversión sería para las concesiones de los puertos deportivos de no menos del 20%, cuando la normativa estatal establece que tiene que ser por encima del 50%, según indicó Torres. Además, la normativa estatal exige que las inversiones se hagan en un plazo de seis meses y los presupuestos canarios determinan un periodo de cuatro a seis años.
