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Política

La Fiscalía, a favor del amparo del Constitucional a Alberto Rodríguez

El fiscal considera que el acuerdo adoptado por Meritxell Batet incurre en un "doble automatismo" y que puede haber "margen" para otro entendimiento de la ley

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Alberto Rodríguez, durante una intervención en el Congreso de los Diputados. / EFE/Paco Campos

La Fiscalía ha informado a favor de que el Tribunal Constitucional conceda el amparo al exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez frente al acuerdo de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que comunicó la retirada de su escaño tras ser condenado por el Tribunal Supremo.

El ministerio público ha remitido un informe al tribunal de garantías en el que apoya la postura del exdirigente de Podemos frente a la resolución del 22 de octubre de 2021 firmada por Batet, en la que se le comunicaba su sustitución como miembro del Congreso, como ha adelantado el diario El Mundo y han confirmado a Efe fuentes fiscales.

Diferente el segndo recurso de amparo

No ocurre lo mismo con el segundo recurso de amparo que formuló Alberto Rodríguez, en este caso contra el auto en el que el Tribunal Supremo acordó sustituir la pena de un mes y 15 días de cárcel por una multa, pero le mantuvo la condena a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

En este caso, la Fiscalía ha informado en contra de que el TC estime el recurso de amparo del exdiputado, añaden las fuentes.

Doble punibillidad

En relación a la decisión de Batet, Rodríguez argumentó que el acuerdo había vulnerado su derecho a permanecer en el ejercicio del cargo público representativo mediante una decisión que debería haber correspondido al pleno del Congreso y no a su presidenta.

Y consideró que esa medida estuvo insuficientemente motivada y que la consecuencia de la pérdida de la condición de diputado implica doble punibilidad y es una consecuencia desproporcionada derivada de la sanción penal.

Margen para otro entendimiento de la ley

El fiscal considera que el acuerdo adoptado por Batet incurre en un "doble automatismo" y que puede haber "margen" para otro entendimiento de la ley, según el informe al que ha tenido acceso El Mundo.

El Tribunal Supremo condenó el año pasado a Rodríguez a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa de 540 euros, por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena, de 45 días. El pasado 26 de enero declaró extinguida su responsabilidad criminal.