Loading...

Política

El Gobierno de Canarias asume que no podrá recuperar todo el dinero del 'caso Mascarillas'

El Ejecutivo autonómico ha acordado medidas cautelares como el embargo preventivo de varias fincas rústicas y urbanas del propietario de RR7 United

2 minutos

El anterior Gobierno de Canarias pagó 7,8 millones de euros a Innjoo Technology antes de su quiebra. / Ramón de la Rocha (Efe)

El Gobierno de Canarias asume que no podrá recuperar todo el dinero –cuatro millones de euros– que se esfumó con el caso Mascarillas. Lo reconoce a través de una respuesta de Julio Pérez, consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, tras una pregunta de Vidina Espino, diputada del Grupo Mixto en el Parlamento de Canarias. En el documento, además de informar que se han adoptado medidas cautelares como el embargo preventivo de varias fincas rústicas y urbanas al administrador de la empresa RR7 United –Rayco Rubén González– que firmó el contrato de compraventa de material con el Servicio Canario de la Salud (SCS), el Ejecutivo autonómico advierte que "(...) quedarían fuera del alcance administrativo los pagos relativos al negocio jurídico realizado por la compra de mascarillas por parte de RR7 United, S.L., así como las comisiones supuestamente satisfechas por la misma con ocasión de dicha adquisición".

En el caso Mascarillas, el negocio jurídico por la compra de mascarillas por parte de RR7 United fue el pago de algo más de 2,5 millones de euros por un millón de tapabocas del modelo N95 de la marca 3M en Etiopía a través de un mediador británico llamado Charles Douglas. El material llegó a Gran Canaria, pero fue retenido en la Aduana tras una denuncia de 3M. La representación de la empresa estadounidense en España alertó a las autoridades al lanzar el mensaje de que el producto era falso. Por recomendación de su primer abogado, RR7 United procedió a destruir los cubrebocas.

Responsabilidad

El Gobierno canario admite ahora que "las medidas que se adopten de derivación de responsabilidad, en la vía administrativa y tributaria, únicamente alcanzan a las cantidades que, de acuerdo con el mencionado artículo 42.2.a) de la Ley General Tributaria (LGT), se incluyen dentro de la tipificación de ocultación o levantamiento.

¿Qué dice el apartado a) del artítuclo 42.2 de la LGT? Pues apunta que "serán responsables solidarios las personas que sean causantes o colaboren en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del obligado al pago con la finalidad de impedir la actuación de la Administración tributaria”. 

Cuenta bancaria sin dinero

Tras la apertura y resolución de cinco procedimientos para determinar la responsabilidad solidaria, tanto de personas físicas o jurídicas, el Gobierno de Canarias descubrió que, de la información recibida por parte de la entidad financiera, la cuenta a la que se libraron los fondos del SCS –titularidad de RR7 United– "está vaciada desde hace casi dos años".

Una vez obtenida esa documentación, el Ejecutivo regional decidió, según se apunta en la respuesta de Julio Pérez, acordar "medidas cautelares consistentes en el embargo preventivo de varias fincas rústicas y urbanas". Además, también procedió "al embargo preventivo de los saldos de cuentas corrientes en entidades financieras abiertas a favor de uno de los obligados declarados responsables. Dichos embargos preventivos se convertirán en definitivos en el seno del procedimiento de apremio que se siga contra los responsables, procediéndose, en su caso, en el caso de las cuentas, a la incautación de los saldos, y en el caso de los inmuebles, a su posterior enajenación mediante subasta".