Maqueta del diseño del Enlace Puerto-Ciudad. /Cedida
Maqueta del diseño del Enlace Puerto-Ciudad. /Cedida

La Justicia confirma el pago de 37.600 euros al año por el muelle de Santa Cruz de Tenerife

La Justicia avala la tasa fijada por la ocupación de más de 4.600 metros cuadrados en la Dársena de Los Llanos

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Atlantico Hoy

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictaminado que la constructora del muelle de enlace de Santa Cruz de Tenerife, Construcciones Dique del Este SA, debe abonar 37.600 euros al año por ocupar los 4.651 metros cuadrados donde se proyecta el puerto deportivo y un edificio con centro comercial.

La resolución judicial respalda así el criterio del Tribunal Económico Administrativo de Canarias (TEAR), que ya había fijado ese importe en sus certificaciones, recurridas en varias ocasiones por la empresa sin éxito.

Proyecto estratégico 

La entidad dispone de una concesión administrativa para ejecutar y explotar el muelle y el edificio, diseñado por los arquitectos suizos Herzog & DeMeuron, en la Dársena de Los Llanos, frente a la plaza de España. La actuación busca conectar la ciudad con el litoral e incorporar espacios comerciales.

Según recoge la sentencia, la ocupación afecta tanto a suelo como a lámina de agua de titularidad pública dentro de la zona de servicio del puerto, cuya valoración se realizó en su momento conforme a los criterios establecidos.

Rechazo 

La empresa sostenía que no existía un expediente que justificara la cuota líquida ni el método de cálculo del valor, y cuestionaba que la Autoridad Portuaria no hubiera aportado la documentación necesaria, limitándose a fijar una cifra global de 685.000 euros.

Frente a ello, el TEAR indicó que la propuesta de liquidación ya detallaba los elementos del tributo aplicado, una postura que, según el TSJC, ha sido confirmada en recursos anteriores con idéntico contenido.

Pago trimestral 

El tribunal subraya que existen varios litigios previos con los mismos argumentos y partes, por lo que mantiene el mismo criterio hasta que se produzca un pronunciamiento firme en otro sentido. En este contexto, establece que la empresa deberá abonar la tasa mediante pagos trimestrales adelantados hasta completar los 37.600 euros anuales.

Además, el TSJC señala que el concesionario no ha presentado documentación que justifique una modificación de la cuantía establecida. La sentencia recoge que el valor del metro cuadrado asciende a 147 euros, mientras que el de las infraestructuras, superestructuras e instalaciones será fijado por la Autoridad Portuaria y se mantendrá constante durante el periodo concesional tras una tasación oficial.

Inversión 

Asimismo, considera que el expediente identifica de forma suficiente tanto la obligación de pago como su importe, y apunta que el pavimento constituye el elemento objeto de ocupación, aunque todavía no se haya ejecutado.

La actuación contempla una inversión total estimada de 80 millones de euros, financiada por distintas administraciones, entre ellas Puertos, el Cabildo de Tenerife y el Ayuntamiento de Santa Cruz, en virtud del convenio suscrito en su momento.