Juan Ramón Lazcano, exconcejal del Ayuntamiento de Santa Cruz y director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030./ ARCHIVO
Juan Ramón Lazcano, exconcejal del Ayuntamiento de Santa Cruz y director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030./ ARCHIVO

La Justicia tumba el cargo dado a Lazcano, concejal clave en la moción a Patricia Hernández en 2020

La Justicia cree que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife descartó a otro candidato más válido para el puesto porque era demasiado mayor

Álvaro Oliver González, redactor jefe en Tenerife

Actualizada:

La Justicia ha anulado el nombramiento de Juan Ramón Lazcano como director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030, el cargo creado por el Ayuntamiento de Santa Cruz y adjudicado en agosto de 2024 al exconcejal de Ciudadanos cuya salida de la corporación, en 2020, facilitó la entrada de Evelyn Alonso y la posterior moción de censura a Patricia Hernández (PSOE) que devolvió la Alcaldía a José Manuel Bermúdez (CC).

La sentencia, dictada por plaza número 2 del Tribunal de Instancia (sección Contencioso-Administrativo) y a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, deja sin efecto la resolución municipal por la que se nombraba a Lazcano y acuerda además la designación del la persona que recurrió el nombramiento para el puesto, el arquitecto Joaquín Mañoso Valderrama.

La resolución judicial examina el procedimiento seguido por el consistorio para cubrir una plaza de libre designación vinculada al proyecto Santa Cruz Verde 2030 y concluye que la motivación ofrecida por la administración no se ajusta a derecho. En el fallo, el magistrado acuerda “estimar el recurso interpuesto”, “anular” la resolución recurrida por ser “contraria a Derecho” y “acordar la designación del recurrente para el puesto litigioso”. También impone las costas a la demandada.

El origen político del caso

Para entender el recorrido de este nombramiento hay que retroceder a la etapa en la que Patricia Hernández ocupó la Alcaldía de Santa Cruz de Tenerife entre 2019 y 2020. Aquella legislatura se abrió con un pacto entre el PSOE y Ciudadanos. En ese periodo, Lazcano y Matilde Zambudio (que en la legislatura actual concurrió en las listas del PSOE) eran concejales de la formación naranja y respaldaron la investidura de Hernández, pese al enfrentamiento que ese acuerdo provocó con su partido.

La ruptura llegó en 2020. Lazcano dimitió, la lista de Ciudadanos corrió y entró como concejal Evelyn Alonso, de la que ya se decía entonces que facilitaría una moción de censura. Con Alonso en la corporación, el cambio de mayorías se consumó en julio y José Manuel Bermúdez regresó a la Alcaldía con el apoyo de Coalición Canaria, el PP y la edil que había entrado tras la renuncia de Lazcano, que acabó siendo expulsada de Ciudadanos y en la legislatura actual ha concurrido en las listas de Coalición Canaria.

La creación del puesto y las sospechas previas

En 2024, el ayuntamiento creó la Dirección General de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030 para pilotar el desarrollo de la ciudad en los terrenos de la Refinería. La convocatoria pública salió en abril, bajo la concejalía de Recursos Humanos que dirigía Purificación Dávila, y el plazo para inscribirse se cerró el 8 de mayo. Entre los aspirantes estaba Juan Ramón Lazcano.

Desde ese momento, el PSOE sostuvo que el nombre del futuro adjudicatario era conocido de antemano en el ayuntamiento y que se trataba de una dirección general premio para Lazcano. Matilde Zambudio, ya como concejal socialista, venía meses antes del nombramiento preguntando por qué entre los técnicos del consistorio se daba por hecho que la plaza sería para Lazcano y, según la edil, esos rumores circulaban incluso antes de que la convocatoria fuese publicada. 

La respuesta del ayuntamiento fue que se trataba de un puesto de libre designación y que el procedimiento se había seguido conforme a la normativa. Dávila defendió en un pleno un “respeto total y absoluto a las normas que rigen el procedimiento administrativo” y sostuvo que la convocatoria se ajustaba a criterios de competencia, profesionalidad, experiencia, mérito, capacidad e idoneidad.

La designación 

En agosto de 2024, el Boletín Oficial de la Provincia publicó la designación urgente de Lazcano como director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030. El PSOE vinculó entonces directamente ese cargo con la dimisión que permitió correr la lista de Ciudadanos y la entrada de Alonso, pieza decisiva en la moción de censura de 2020.

Los socialistas denunciaron irregularidades en la selección y cuestionaron la comparación entre los méritos de los aspirantes, denunciando que se había dejado fuera a perfiles con una experiencia superior. Además, tras el nombramiento, el caso sumó otro episodio irregular. En octubre de 2024, Lazcano solicitó compatibilizar el cargo público con su actividad privada como arquitecto. Un informe técnico señalaba que ambas funciones eran incompatibles. Sin embargo, el asunto no llegó a votarse en el pleno dentro del plazo previsto. Al no resolverse a tiempo, la compatibilidad quedó concedida automáticamente por silencio administrativo.

Los motivos que examinó el juzgado

La sentencia que tumba el nombramiento de Lazcano e insta a nombrar a Joaquín Mañoso Valderrama al puesto se centra en analizar por qué el ayuntamiento eligió al exedil de Ciudadanos frente a la otra persona. Según el expediente, la administración justificó su decisión en dos ideas: por un lado, la existencia de un posible conflicto de intereses del aspirante descartado; por otro, el riesgo para la continuidad del proyecto por sus “circunstancias personales”.

El juez revisa ambas razones y concluye que ninguna está bien fundamentada. En el primer caso, el ayuntamiento aludía a que el candidato descartado frente a Lazcano tenía abierto desde 2014 un expediente urbanístico por unas obras sin licencia municipal. Es decir, una irregularidad administrativa relacionada con una construcción. Sin embargo, la sentencia dice que esa motivación “no puede recibir aval” porque ese expediente “no puede ser subsumido en causa de inidoneidad de ningún cariz”.

Descartado por edad

En el segundo argumento, en el que el ayuntamiento hablaba de un supuesto riesgo para la continuidad del proyecto de la dirección general, vinculado a las “circunstancias personales” del aspirante descartado, el juzgado considera que esa explicación es “genérica, imprecisa y vago”. Y añade que “cabe deducir que en realidad fue la edad del aspirante lo que desalentó su designación”.

El magistrado subraya que el argumento del consistorio “no permite conocer cuáles son aquéllas concretas circunstancias personales que desaconsejan la designación del recurrente”.

La edad frente al mérito

El magistrado recuerda que, en los nombramientos de libre designación, no basta con elegir a alguien, sino que hay que explicar por qué se le prefiere frente a otros aspirantes. En este caso, el juez observa que el candidato descartado tenía una trayectoria profesional amplia, pero que ese elemento no se utilizó para valorarlo positivamente. Al contrario, terminó operando en su contra.

Por eso concluye que “se entiende vulnerado el principio de mérito y capacidad fijado en el artículo 23 de la Constitución Española” y que el nombramiento es “nulo de pleno derecho”. Según su razonamiento, la decisión se basó “en una primera causa legal inexistente y en la excesiva edad del no seleccionado”.