Cementerio en Santa Cruz de Tenerife. /Archivo
Cementerio en Santa Cruz de Tenerife. /Archivo

Santa Cruz debe pagar 585.200 euros a la empresa de cementerios por tasas no actualizadas

En 2012 se modificó la tarifa según el Índice de Precios al Consumo (IPC), pero no se hizo lo mismo en los años posteriores, lo que, según la empresa, originó pérdidas de 8,2 millones de euros, aunque reclamaba una cantidad similar a la reconocida

Atlantico Hoy

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a pagar 585.200 euros a la empresa concesionaria del servicio de cementerios, Cetensa, por no haber actualizado las tasas desde 2012.

La entidad alegó que la demora en la aprobación de la revisión tarifaria le causó una merma económica que cuantificó en 8,2 millones de euros, aunque subsidiariamente reclamaba una cantidad similar a la finalmente reconocida.

Modificación de tarifa

La sociedad recuerda que en 2012 se modificó la tarifa según el Índice de Precios al Consumo (IPC), pero no se hizo lo mismo en los años posteriores, lo que originó el perjuicio. El Ayuntamiento, en cambio, sostuvo que las cantidades reclamadas de los períodos de cuatro años anteriores habrían prescrito.

La Corporación local considera “irreprochable” su actuación, al entender que no es posible revisar tarifas sin la aprobación previa por el cauce adecuado. Además, fijaba la deuda como máximo en 585.164 euros, cifra similar a la reconocida por el TSJC y por la propia concesionaria.

Fallo del TSJC

El tribunal sentencia que la prescripción no sería aplicable a contratos cuyo objeto es la prestación continuada, como los de gestión de un servicio público, de manera que el plazo empieza a contar desde el momento en que la Administración debió realizar los pagos.

Asimismo, el TSJC determina que el Ayuntamiento no puede acogerse al silencio administrativo que mostró ante los requerimientos anuales de la empresa, y que fue lo que dio lugar al contencioso.

El tribunal matiza, no obstante, que solo quedarían prescritas aquellas cantidades no reclamadas en tiempo y forma, como ocurrió en 2018 y 2019, pero sí se puede exigir el pago de las correspondientes al período 2020-2023, lo que da lugar a la cifra reconocida de casi 600.000 euros.