Viviendas vacacionales en Santa Cruz de Tenerife |GOOGLEMAPS
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Santa Cruz delimita su responsabilidad sobre las viviendas vacacionales: “La inspección turística corresponde al Gobierno canario”

Urbanismo destaca que su responsabilidad es revisar los títulos habilitantes de las viviendas turísticas y subraya que la vigilancia y las sanciones corresponden al Gobierno de Canarias

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La expansión de las viviendas vacacionales en Santa Cruz de Tenerife ha formado parte de la Comisión de Control de septiembre en el Ayuntamiento capitalino a raíz de una pregunta formulada por la oposición socialista, interesándose por el seguimiento que se realiza, desde 2024, a esta modalidad de alojamiento turístico respecto a la normativa aplicable y a la documentación necesaria.

En su respuesta, la Gerencia Municipal de Urbanismo sostiene que su actuación se centra en comprobar que las personas interesadas cumplen los requisitos para iniciar la actividad, señalando que ese trámite se realiza mediante una comunicación previa, que permite poner en marcha el alojamiento únicamente cuando la documentación presentada se ajusta a la normativa vigente.

Intervención municipal limitada

Añaden desde la Gerencia que, si la revisión municipal detecta incumplimientos, la comunicación queda sin efecto y se notifica la decisión a la persona interesada. En esas circunstancias, la vivienda no dispone de título habilitante para funcionar como alojamiento turístico.

La intervención municipal, sin embargo, tiene un límite. La vivienda vacacional está considerada una modalidad de alojamiento turístico y, por tanto, la vigilancia específica de la actividad, el control y la imposición de sanciones corresponden al Gobierno de Canarias a través de la Inspección turística. 

Un control dividido

Esta distribución de funciones deja un seguimiento de la actividad compartido en diferentes responsables. El Ayuntamiento puede comprobar si una vivienda reúne las condiciones urbanísticas y administrativas necesarias para iniciar la actividad, pero no es la institución responsable de sancionar todos los incumplimientos relacionados con el ejercicio de la actividad turística.

La frontera entre ambas competencias resulta especialmente relevante en los casos de viviendas que aparecen anunciadas en plataformas digitales o que reciben visitantes sin que esté claro si cuentan con todos los permisos exigibles. En estos supuestos, la eficacia del control depende de que la información llegue a a las administraciones implicadas y que cada organismo actúe dentro de su ámbito.

Sin datos

En cualquier caso, la respuesta de Urbanismo no ofrece un balance numérico de las actuaciones realizadas desde 2024 ni precisa cuántas comunicaciones previas fueron examinadas, cuántas quedaron anuladas ni cuántos casos pudieron ser trasladados a la inspección autonómica

Tampoco detalla el número de viviendas sobre las que se hayan realizado comprobaciones específicas.

La nueva regulación marca un antes y un después

Explica en el documento la responsable de la Gerencia, Zaida González, que el escenario cambió con la entrada en vigor, el 13 de diciembre de 2025, de la Ley 6/2025, de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas, posteriormente modificada por la Ley 7/2026. La Gerencia de Urbanismo afirma que participó en la elaboración de este nuevo marco legal mediante la presentación de enmiendas y reuniones con el área del Gobierno de Canarias encargada de su tramitación., interpretando esa participación como parte de la colaboración que debe existir entre las administraciones públicas. 

La nueva norma llega en un momento en el que las viviendas vacacionales ya no son solo un asunto turístico sino que también afectan a la disponibilidad de viviendas para residentes, al precio de los alquileres y a la convivencia en edificios y barrios donde el uso residencial puede verse desplazado por una actividad de corta duración.

Incógnitas por despejar

El Ayuntamiento asegura que cumple y seguirá cumpliendo la normativa vigente. La cuestión que queda abierta es cómo se está aplicando ese marco sobre el terreno y qué resultados concretos está produciendo.

Para los vecinos, la diferencia entre una competencia municipal y otra autonómica no siempre resulta visible, ya que lo que perciben es si un alojamiento funciona legalmente, si genera molestias o si una actividad que parece irregular continúa abierta durante meses sin una respuesta clara.

A modo de conclusión, en Santa Cruz el Ayuntamiento limita su papel a revisar el título habilitante y actuar cuando la documentación no cumple los requisitos, mientras que, la vigilancia turística y las sanciones, quedan en manos del Gobierno de Canarias.

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