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Colas de la TF-5 en Tenerife. / ARCHIVO

Santa Cruz licita su Plan de Movilidad al Trabajo para adaptarse a la nueva ley estatal: estas son las medidas sostenibles propuestas

El Ayuntamiento destina 45.000 euros a analizar los desplazamientos laborales municipales y proponer medidas sostenibles ante la obligación legal de implementar el PMST en 2027

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha puesto en marcha la licitación para elaborar su Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST), un documento estratégico que analizará cómo se desplazan las personas trabajadoras y usuarias de los centros municipales para proponer medidas que hagan esos trayectos más eficientes y respetuosos con el medioambiente.

La iniciativa se enmarca en el cumplimiento del artículo 26 de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, que obliga a los centros de trabajo con más de 200 personas o 100 por turno a contar con un PMST negociado antes del 5 de diciembre de 2026, aunque la norma también establece que estos planes deben estar implementados en todas las empresas afectadas a partir del 1 de enero de 2027.

Diagnosticar y transformar la movilidad laboral

El documento, publicado en la Plataforma de Contratación, cuenta con un presupuesto base de 45.162,89 euros (impuestos incluidos) y un valor estimado de 46.429,14 euros. El plazo previsto para realizar los trabajos es de cinco meses, a contar desde el día siguiente a la firma del acta de inicio.

El plan deberá incluir la recopilación y el análisis de información sobre la movilidad laboral del Ayuntamiento, identificando los centros de trabajo afectados, estudiando cómo se desplazan las personas trabajadoras y usuarias, y elaborando un diagnóstico de la situación actual.

Mejorar la movilidad

A partir de ese análisis, se formularán propuestas de actuación destinadas a mejorar la movilidad, reducir los desplazamientos menos sostenibles y favorecer alternativas como el transporte público, la movilidad activa, el uso compartido del vehículo o la racionalización de los viajes al trabajo.

El documento final también tendrá que incorporar indicadores de seguimiento que permitan evaluar, con el tiempo, si las medidas adoptadas están dando resultados, en línea con lo que establece la ley estatal para estos planes.

Requisitos para las empresas interesadas

Las empresas interesadas deberán acreditar experiencia suficiente en trabajos similares, demostrando que en al menos uno de los tres últimos años han ejecutado trabajos por un importe acumulado mínimo de 32.500,40 euros. También deberán acreditar una cifra anual de negocios de, al menos, 69.643,71 euros, correspondiente al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles.

Además, será necesario cumplir las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no estar sujeto a ninguna prohibición para contratar con la Administración. El contrato contempla una garantía definitiva equivalente al 5% y establece condiciones especiales relacionadas con la protección de datos, la igualdad y el uso de un lenguaje e imagen no sexistas.

Contexto legal

La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025, establece en su artículo 26 la obligación de que los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno elaboren y mantengan actualizado un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo. Este plan debe negociarse con la representación legal de las personas trabajadoras y orientarse a mejorar y racionalizar los desplazamientos vinculados al trabajo, impulsando el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, activa y compartida.

Aunque el plazo original era de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley, el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, redujo este plazo a 12 meses, estableciendo como fecha límite el 5 de diciembre de 2026 para que las empresas afectadas cuenten con su PMST negociado. La implementación efectiva de estos planes debe estar completada a partir del 1 de enero de 2027.

El plazo de presentación de ofertas permanecerá abierto hasta el 21 de agosto de 2026

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