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Santiago Fuentes, fundador de Arbistar. / Archivo

La Audiencia Nacional rechaza archivar la causa por blanqueo contra un condenado del caso Arbistar

El tribunal avala seguir investigando a un socio de la trama por su presunto papel en el movimiento de fondos

La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por Diego Felipe Fernández, condenado a 11,5 años de prisión por estafa en el caso Arbistar, en el que solicitaba el archivo de la nueva causa abierta contra él por presunto delito de blanqueo de capitales.

El tribunal descarta paralizar el procedimiento y avala que continúe la investigación, al considerar que existen indicios suficientes sobre su posible implicación en el movimiento y ocultación de fondos procedentes de la estafa.

Felipe Fernández fue socio de Santiago Fuentes, principal responsable de la trama y condenado a 16,5 años de prisión.

Investigación en marcha

Según la resolución judicial, el acusado habría utilizado una empresa con sede en Las Palmas de Gran Canaria para realizar operaciones con criptomonedas, además de actuar como nexo en el circuito de los fondos estafados, que alcanzaron los 200 millones de euros.

El auto apunta a una supuesta estructura organizada para canalizar el dinero mediante sociedades pantalla sin actividad real, utilizadas para dar apariencia de legalidad a las operaciones.

Estas empresas, según la investigación, carecían de personal, no presentaban cuentas anuales y se empleaban para ocultar el origen ilícito de los fondos.

Argumentos de la defensa

La defensa del acusado sostiene que no existe ninguna prueba concreta que vincule a su representado con operaciones de blanqueo, ni movimientos bancarios específicos que puedan atribuirse directamente a él.

Además, argumenta que el hecho de ser socio de la empresa no implica por sí mismo participación en actividades ilícitas, al no haberse acreditado actos de ocultación, conversión o transmisión de bienes.

El abogado también cuestiona la falta de conexión con una entidad extranjera presuntamente implicada en el blanqueo y considera que no se ha demostrado la existencia de flujos financieros relacionados con su cliente.

Delito autónomo

La Audiencia Nacional rechaza estos argumentos y considera que la resolución recurrida describe de forma detallada los hechos investigados, que serán analizados en el juicio.

El tribunal subraya que la causa por blanqueo es “totalmente diferente y autónoma” respecto al procedimiento anterior por estafa, por lo que puede ser objeto de enjuiciamiento independiente.

En este sentido, recuerda que los hechos investigados apuntan a una secuencia de actos destinada a ocultar y reintegrar al circuito económico el dinero obtenido ilícitamente.

Trama millonaria

La causa se enmarca en el conocido caso Arbistar, en el que entre 2019 y 2020 se habría desarrollado un negocio fraudulento de captación masiva de inversores, basado en un supuesto sistema de arbitraje de criptomonedas.

Según la investigación, cerca de 10.000 inversores resultaron afectados por la operativa de la plataforma, que llegó a mover alrededor de 200 millones de euros.

La empresa alegó en agosto de 2020 un error informático en su algoritmo que impedía devolver los fondos, aunque las pesquisas concluyeron que el dinero había sido desviado y redistribuido a través de distintas cuentas y sociedades.