Revisión de las penas en el caso de Las Teresitas: una cuestión de beneficio económico directo

Después de conocerse las intenciones de solicitar la revisión de las penas por parte de los condenados, uno de los abogados que estuvo en el macrojuicio analiza las posibilidades de éxito de la petición

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Juicio del caso de Las Teresitas. / Efe Archivo
Juicio del caso de Las Teresitas. / Efe Archivo

La reciente entrada en vigor de la modificación de la ley penal sobre el delito de malversación ha generado revisiones de penas por todo el país, pero en Tenerife ha destacado la intención de los condenados por el caso de Las Teresitas, uno de los mayores casos de corrupción de la Isla, para una revisión de sus condenas, según informó este jueves el periódico El Día.

Una petición no exenta de dudas en cuanto a las posibilidades de éxito de parte de unos condenados que ya cumplen la pena en tercer grado, como el exalcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo y el exconcejal de Urbanismo Manuel Parejo condenados a siete años de cárcel y 17 de inhabilitación.

Posibilidad de revisión

“Hay una posibilidad de revisión. Ahora no solo es una rebaja de las penas, sino una nueva configuración del delito”, explica a Atlántico Hoy uno de los abogados de los condenados en el macrojuicio celebrado en el año 2017 en la Audiencia Provincial, cuyas sentencias se confirmaron en 2019 por el Tribunal Supremo. “Hay que tener en cuenta que sus condenas fueron diversas. Los que más tenían eran siete años y medio y ya están en la calle, lo que significa que, a efectos prácticos, ya no va a tener mucho en relación con la puesta en libertad, porque ya están todos en fuera”, expone el letrado.

No obstante, este abogado asegura que “habrá que estudiar caso por caso porque la participación de cada uno fue distinta”. Distinguir entre los que fueron condenados por ser funcionarios de aquellos otros que fueron condenados como particulares. También es distinto si algunos fueron condenados en una interpretación amplia del delito. “Es decir, eres funcionario y digamos que no tienes en cuenta el cumplimiento escrupuloso de la ley y puede haber un beneficio económico de alguien por ello”, esgrime.

La diferenciación

Asimismo, la propia configuración de la nueva modificación del delito diferencia entre aquellos que son autores de un delito de malversación y que son beneficiarios directos del dinero malversado, de aquellos otros que eran administradores del dinero, pero que no eran concienzudos en garantizar que el dinero se aplicara en el destino final.

En palabras del letrado consultado “la modificación lo que dice es no podemos condenar a aquel que no haya tenido un beneficio personal o un ánimo de beneficiarse directamente él”, sino que ha habido un descuido con una administración que no ha sido muy responsable y fruto de eso no se ha administrado correctamente, pero no ha habido ánimo de lucro.

Revisión de penas

Lo que persigue esta ley es no condenar, como sí se hacía hasta ahora, a los que no se hayan beneficiado económicamente de un caso de malversación, que eran condenados igualmente. En el caso de Las Teresitas, si realmente hubo funcionarios que no fueron condenados porque se acreditara que se apropiaron de dinero que hubieran malversado, sino que fueron condenados “porque tenían la responsabilidad de controlar que nadie utilizara ese dinero para algo que no era, pues entonces se revisarán las penas”.

Sobre la supresión de la inhabilitación, el abogado apunta a que “si hay una rebaja de la condena, afecta a todos los parámetros. A la pena de cárcel como a otras que se hayan dictado anexas con el mismo tiempo”, como fueron los años de inhabilitación.

Posible indemnización

Además, cabe la posibilidad de que los condenados también puedan solicitar una indemnización con una hipotética rebaja de la pena. “Se puede entender que alguno de ellos tenga derecho a solicitar por un daño, aunque ahora con la nueva regulación resulte desproporcionado que tengan ese derecho”, comenta el letrado penalista. “Ahora bien, todo no es igual. No es lo mismo pedir una reducción de la pena a la vista de la nueva regulación a pedir una indemnización, porque evidentemente hay una nueva regulación de la que ellos se benefician, pero es más complejo poder pedir una indemnización. Yo lo veo más complejo”, agrega.

En todo caso, como ya ha aclarado el Tribunal Supremo, estas nuevas modificaciones del código penal conllevan un estudio de caso por caso. Es decir, “hay muchos procesos de condenados por malversación y ahora no hay una aplicación directa a esta reducción, sino que habrá que ver qué ocurre”, comenta el abogado consultado por este medio.

Posibilidades de reducción de la condena

“Yo entiendo que del caso de Las Teresitas los que hayan sido condenados, como puede ser el supuesto de las empresarios por entender que ellos tuvieron un beneficio directo, tienen menos posibilidades de reducción de la condena que aquellos funcionarios donde la sentencia dejó claro que ellos no fueron beneficiarios económicos del delito, pero tuvieron la obligación de vigilar para que otros no se beneficiarán”, sintetiza para finalizar.

Por otro lado, según ha podido conocer Atlántico Hoy, los condenados, así como sus abogados, se mantienen positivos con la posibilidad de solicitar la revisión de la pena, por lo que confían de que puedan lograr llevar a buen puerto los intereses de sus representados con una finalización de las penas y la supresión de las inhabilitaciones.

Caso Las Teresitas

El caso de las Teresitas se remonta al año 2001 tras la compra por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife del frente de la popular playa chicharrera por un importe de 52,5 millones de euros cuando el precio de tasación era de 19 millones de euros, según los informes municipales.

En 2019, el Tribunal Supremo confirmó el fallo de la Audiencia Provincial en abril de 2017, que hubo una "maquinación orquestada debidamente, y con toda precisión y preparación, de toda una operación urbanística de compra de terrenos por el ayuntamiento por un precio muy superior a su valor real, con grave quebranto de las arcas municipales". Así, por esta operación que aglutinaba a políticos, funcionarios y empresarios hubo un beneficio de más de 100 millones de euros a costa del Consistorio, según probó la sentencia.

El principal condenado fue el exalcalde de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo, quien debía cumplir siete años de prisión por malversación y prevaricación, aunque este último verano (2022) le fue otorgado el tercer grado por el que solo debe pernoctar en prisión. La misma condena fue para el exconcejal de Urbanismo Manuel Parejo.

Sobre los dos empresarios involucrados, Antonio Plasencia, expresidente de la patronal de la construcción provincial (Fepeco), e Ignacio González, expresidente de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife y fallecido en prisión en 2019, recayeron penas de cinco años y seis meses, también por malversación y prevaricación. Los mismos delitos recayeron sobre los entonces funcionarios de la Gerencia de Urbanismo, José Tomás Martín y Víctor Reyes, que debieron cumplir cuatro años y medio el primero y cuatro años el segundo.

Además, los acusados fueron sentenciados entonces a indemnizar al ayuntamiento con 52,5 millones de euros por la operación de compraventa del frente de playa y por 9,1 millones por la plusvalía generada por la recalificación de las propiedades privadas de la parte trasera, más los correspondientes intereses.

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