Una jueza anula la multa a un club de pádel de Fuerteventura por incumplir las normas COVID-19

En la sentencia la jueza expone que no se practicaron pruebas por parte de la administración que denunciaba, ni se presentaron testigos

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Esquinzo (Morro Jable), donde está ubicado el club de pádel la que se le ha anulado la multa de 6.000 euros. / Patronato de Turismo de Fuerteventura
Esquinzo (Morro Jable), donde está ubicado el club de pádel la que se le ha anulado la multa de 6.000 euros. / Patronato de Turismo de Fuerteventura

El 22 de noviembre de 2020, unos agentes de la Policía Local levantaron un acta por infracciones en las instalaciones deportivas Jable Sports, en Morro Jable, Fuerteventura. Los agentes denunciaron al centro por incumplimiento del deber de rotulación sobre el aforo e información sobre medidas de higiene y distanciamiento. También por no instar el cumplimiento de la obligación de uso de mascarilla y distanciamiento de seguridad interpersonal por parte de los usuarios durante el desarrollo de un torneo de pádel.

La jueza sustituta del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, María de Coromoto Lozano ha anulado ahora la multa de 6.000 euros impuesta por la Dirección General de Salud Pública, al dar por buenas las alegaciones del abogado Armando Martín Bueno y entender que no se practicaron pruebas por parte de la administración que denunciaba, ni se presentaron testigos, salvo unas fotografías que no sirven para destruir la presunción de inocencia del denunciado.

Bulo a través de las redes

Cinco días después de la primera visita de los agentes, el 27 de noviembre, se personó en las instalaciones deportivas una inspectora con el fin de comprobar los controles por la COVID-19. La inspección se produjo por una alerta debida a varios contagios en la localidad. Los contagios no se habían producido en el centro deportivo, pero se convirtió en un bulo de los que circularon esos días en los servicios de mensajería instantánea y redes sociales, de ahí que el centro deportivo estuviera bajo la lupa de las autoridades.

Las dimensiones del recinto, que ocupa una superficie de 2.800 metros cuadrados, hacían que todas y cada una de las recomendaciones sanitarias estuvieran más que garantizadas, tanto la distancia interpersonal como el resto de recomendaciones sanitarias vigentes en aquel momento. Además, de forma constante el personal del centro deportivo instaba a los asistentes a mantener la mascarilla perfectamente colocada y a mantener la referida distancia. Durante la celebración del torneo acudieron en distintas ocasiones agentes de la Guardia Civil, los cuales permitieron el desarrollo del mismo al no observar ninguna irregularidad.

Continuos cambios de las normas

En la época en la que ocurrieron los hechos los funcionarios de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad no daban abasto para tramitar con la debida celeridad el gran número de sanciones impuestas por saltarse las medidas contra la COVID. Se vivían momentos en los que los cambios y las sanciones se producían cada semana. El Gobierno de Canaria llegó a publicar en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) un decreto ley cuyo objetivo era el establecimiento de deberes de cautela y protección, medidas de vigilancia y control, así como del régimen sancionador que garantizara el cumplimiento de las medidas y obligaciones contenidas en las disposiciones o en los actos en materia de salud pública adoptados por la autoridad estatal o autonómica como consecuencia de la COVID-19.

La norma también incluía como infracciones muy graves la organización y promoción de eventos o cualquier tipo de acto en espacios públicos o privados en los que se incumplieran las restricciones de celebración, no hubieran sido autorizadas en los casos en los que fuera exigible, o se incumplieran gravemente las medidas de prevención establecidas para estos, cuando participaran más de 200 personas.