La Audiencia Provincial de Las Palmas ha reconocido que un joven, del que no han dado su nombre real, de origen gambiano que llegó a Canarias en patera con 15 años debió haber sido tratado como menor de edad desde su llegada, al concluir que no puede someterse a pruebas médicas de determinación de edad a quienes posean un pasaporte válido que acredite su minoría de edad.
La sentencia ha ratificado la protección jurídica del interés superior del menor extranjero no acompañado y ha citado jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional que subrayan la especial vulnerabilidad de los menores extranjeros no acompañados y la obligación de las instituciones públicas de adoptar todas las medidas necesarias para salvaguardar su bienestar y su dignidad.
El documento de identidad debe prevalecer
Asimismo, el fallo reitera la doctrina del alto tribunal según la cual el pasaporte o documento de identidad expedido por una autoridad competente debe prevalecer sobre las pruebas médicas, que “no podrán aplicarse indiscriminadamente” y solo procederán si existe un juicio de proporcionalidad y una motivación suficiente sobre la falta de fiabilidad del documento.
El joven llegó a España tras un segundo intento de travesía desde Gambia en 2022, después de pasar siete días en el mar, según ha detallado la ONG Save the Children. A su llegada fue trasladado a un centro de menores, donde se le practicaron pruebas óseas para comprobar si tenía menos de 18 años.
Método desaconsejado
Este método, según el Tribunal Supremo y el Comité de la ONU, tiene un alto margen de error y ha sido desaconsejado por su alto margen de error y por el riesgo de aplicarlas sin seguir el protocolo adecuado, agrega la nota de la ONG.
En concreto, el Comité de la ONU ha advertido que el método puede tener un margen de error de hasta cuatro años y ha recordado que, mientras la edad no esté determinada, debe presumirse la minoría de edad y garantizar la protección correspondiente.
Interés superior del menor
En un primer momento, la Fiscalía aceptó su pasaporte y lo reconoció como menor, pero posteriormente cambió de criterio tras un oficio policial que cuestionaba la autenticidad de los documentos emitidos en Gambia. La sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas indica que en estos casos debe prevalecer “el interés superior del menor, especialmente cuando se trata de personas extranjeras en situación de vulnerabilidad”.
Según Save the Children, la administración concluyó entonces que era mayor de edad y ordenó su salida del centro de protección. “Me dijeron que no podía regularizar mis papeles y que tenía que abandonar mis estudios”, ha recordado Omar, que quedó en la calle hasta que fue atendido por el Espacio Seguro de la ONG, donde recibió apoyo para recurrir la decisión.
El joven, que ahora espera regularizar su situación y retomar sus estudios de formación profesional en fabricación y montaje, ha asegurado que siente “un gran alivio” tras la resolución judicial. “Todo lo que deseo es empezar a trabajar y hacer lo que he venido a hacer: trabajar y ayudar a mi familia”, ha afirmado según Save the Children.