#SANIDAD | 📉El total de casos acumulados en Canarias es de 40.840 con 5.486 activos, de los cuales 81 están ingresados en UCI y 283 permanecen hospitalizados⬇#Datos #Canarias #Covid19 https://t.co/1rhbN97RkE
— AtlánticoHoy (@atlantico_hoy) March 1, 2021
Nuevas medidas por niveles
Se ajusta el número de personas por grupo en función de si se encuentran en el exterior o en espacios interiores para los niveles de alerta 1 y 2, que quedará como sigue:Hasta el nivel de alerta 1, no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en los espacios interiores.En el nivel de alerta 2, no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en terrazas al aire libre y el 50% en espacios interiores.Hasta el nivel de alerta 1, se permiten los eventos deportivos con un aforo de público del 50%, siempre y cuando se garantice una distancia de seguridad interpersonal entre el público de al menos 1,5 metros.En los niveles de alerta 2, 3 y 4, no podrán celebrarse eventos multitudinarios sujetos a autorización previa.🔴 EN DIRECTOComparecencia del presidente @avtorresp tras la sesión del Consejo de Gobierno de #Canarias y su intervención en la Comisión LIBE del @Europarl_ES. https://t.co/EkMJncxNdP
— Presidencia GobCan (@PresiCan) March 1, 2021
Eventos en instalaciones deportivas
En relación con los eventos celebrados en instalaciones deportivas que no estén sujetos a autorización previa, hasta el nivel de alerta 1 no se superará el 50% del aforo de público autorizado y podrá acomodarse el público por grupos de convivencia estable de hasta 4 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal de al menos 2 metros entre grupos.En el nivel de alerta 2, no se superará el 25% del aforo de público autorizado, debiendo cumplirse los mismos requisitos que en el apartado anterior.En los niveles de alerta 3 y 4, no se permite la asistencia de público, salvo lo relativo al acompañamiento de menores en instalaciones al aire libre que dispongan de gradas, donde se podrá permitir que las personas acompañantes (máximo de 2 personas por menor) puedan ocuparlas hasta un máximo del 15% del aforo, manteniendo todas las medidas de prevención y protección.La práctica de la actividad deportiva federada profesional y la federada de ámbitos nacional e internacional, en entrenamiento y competición, podrá llevarse a cabo individual o colectivamente, tratando de mantener la distancia de seguridad de 2 metros siempre que sea posible y hasta un máximo de 25 personas simultáneamente.Tiene la consideración de deporte profesional el fútbol de primera y de segunda división masculina y el baloncesto de la Liga ACB masculina.Asimismo, durante la vigencia de los niveles de alerta 3 y 4 se prohíbe cualquier tipo de práctica deportiva federada, de ámbitos regional o insular, al aire libre en la que no pueda mantenerse la distancia interpersonal de 2 metros en todo momento y se requiera un número de participantes superior al permitido en los puntos 1 y 2 del apartado 3.13 del Acuerdo, para cada nivel de alerta, si bien podrán realizarse entrenamientos y actividad física en las que se garantice la distancia anterior y se respete el número máximo de participantes.Queda prohibida la práctica de la actividad física y deportiva en las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos.En el desarrollo de competiciones deportivas de carácter federado de ámbitos regional o insular se permitirá, en los niveles de alerta 1 y 2, tanto en espacios al aire libre como en zonas interiores, las competiciones deportivas, salvo aquellas modalidades en las que se requiera contacto físico interpersonal continuado con el adversario.En los niveles de alerta 3 y 4 quedan suspendidas las competiciones deportivas de carácter federado de ámbitos regional o insular.Añadir AtlánticoHoy como fuente preferida de Google de forma gratuita
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