Sanidad amplía el plazo del certificado COVID voluntario en las islas en niveles 1 y 2

Esta medida afecta a todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios en las islas que se encuentren en niveles de alerta 1 y 2

Guardar

Certificado covid en un móvil. / Europa Press
Certificado covid en un móvil. / Europa Press

El Boletín Oficial de Canarias publica este viernes la prórroga por un mes más de la Orden del consejero de Sanidad que regula la implantación del certificado COVID en Canarias, bajo la modalidad de uso voluntario, para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios en las islas que se encuentren en niveles de alerta 1 y 2. La ampliación de esta Orden fue ya ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, según informa la Consejería de Sanidad. .

Esta medida, que entró en vigor el pasado 10 de diciembre tras la ratificación del TSJC, fue solicitada por el Gobierno regional ante la evolución de la situación epidemiológica, con indicadores de incidencia crecientes, lo que obligó a adoptar medidas para frenar el incremento de casos, compatibilizándolas con el mantenimiento de la económica.

Flexibilización de las restricciones

Con la puesta en marcha del certificado COVID, aquellos sectores que lo apliquen pueden flexibilizar las restricciones en cuanto aforos y horarios que estén en vigor en cada momento según el nivel de alerta en el que se encuentre la isla correspondiente, ya que pueden acogerse a las medidas del nivel inferior. 

Es decir, que en los tramos horarios y aforos que el Decreto Ley reduce cuando se incrementa el nivel de alerta, se puedan seguir observando los del nivel anterior, siempre que la situación sanitaria de las personas que se encuentren en los distintos espacios y establecimientos permita tener la certidumbre de que el riesgo de transmisión o de enfermedad grave va a ser mínimo. Para ello se requiere una prueba diagnóstica de infección activa negativa, sustituible por el certificado de vacunación o de haber pasado la enfermedad.

Certificado COVID obligatorio en niveles 3 y 4

La Consejería de Sanidad recuerda que el certificado COVID es obligatorio en todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios en las islas que se encuentren en niveles de alerta 3 y 4. Esta medida, que entró en vigor el pasado 25 de diciembre, tiene una vigencia inicial de un mes, periodo durante el que será sometida a seguimiento y evaluación, sin perjuicio de la posibilidad de una nueva prórroga en función de la evolución de la situación epidemiológica.

La obligatoriedad del certificado COVID en establecimientos y actividades sujetos a límites horarios y de aforos en las islas en niveles 3 y 4 no permite que éstos pueden beneficiarse de aplicar medidas del nivel inferior como sucede en las islas en niveles 1 y 2, donde el uso del certificado es voluntario.

Archivado en: