El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a pagar 60.000 euros a la familia de un paciente de 61 años que fue dado de alta sin acompañamiento en el Hospital Insular de Gran Canaria, pese a presentar desorientación.
En las cámaras se observa cómo el paciente intenta volver a entrar al hospital y se le impide el acceso. Permaneció sin ser localizado durante seis horas, desde las 22:30 hasta las 4:30 de la madrugada.
Los familiares indicaron que una doctora decidió el 27 de septiembre de 2022 dar el alta al paciente solo seis horas después de su ingreso, sin avisar a la familia, que ya había advertido de su condición de paciente A.A. (atención y acompañamiento).
Registro de llamada previo
Existe un registro de la llamada familiar al hospital en la que solicitaron expresamente ser avisados cuando se decidiera el alta, ya que el hombre “no es consciente de sus actos y está desorientado en todo momento”.
Posteriormente no lograron encontrarlo, por lo que acudieron a la Policía Nacional y a la Guardia Civil, hallándolo finalmente seis horas después totalmente desorientado.
Rechazo inicial a indemnización
Los Servicios Jurídicos del Gobierno y el Juzgado rechazaron inicialmente la indemnización, argumentando que no se había presentado una reclamación formal ni se cumplían los requisitos mínimos.
El TSJC responde ahora que los denunciantes no tienen conocimientos jurídicos y que por ello omitieron sin querer requisitos formales al presentar la reclamación.
Alta médica sin aviso
La condena se basa en la condición del paciente como titular de tarjeta A.A., lo que implica prioridad en atención y acompañamiento obligatorio en todo momento.
Pese a ello, una doctora decidió que podía irse sin avisar a los familiares, aunque ellos habían solicitado el aviso por teléfono.
Daño moral a la familia
“Esta situación ha ocasionado un dolor y daño moral irreparable a mis representados”, argumenta el abogado de la familia, quien subraya que existió un funcionamiento anormal del servicio público.
El TSJC revoca la sentencia inicial y respalda la indemnización, al considerar evidente el fallo en la actuación sanitaria y el trato a una persona vulnerable.
Falta de acompañamiento previo
El paciente fue ingresado a las 16:00 del 27 de septiembre de 2022, trasladado en ambulancia tras hablar cosas incoherentes. Tampoco entonces se permitió acompañamiento familiar y las únicas comunicaciones fueron por teléfono.
Finalmente, se informó que había sido dado de alta porque se encontraba bien. El hombre no tenía dinero, el móvil estaba apagado y no podía regresar a su casa, en el sur de Gran Canaria.
Defensa del Hospital
Los responsables del hospital mantuvieron que no fueron informados de su condición A.A., que no tenía antecedentes neurológicos y que tras seis horas en observación estaba orientado y atendía órdenes.
Se le diagnosticó una infección del tracto urinario, se le recetaron antibióticos y fue dado de alta. Aun así, la sentencia concluye que el proceder fue negligente, dada su condición de paciente vulnerable.