Tribunal Supremo. / ARCHIVO
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El Supremo exime a una aseguradora de pagar 163.000 euros por un intento de asesinato mediante atropello en Tacoronte

La resolución recuerda que la sentencia original atribuía el pago de la indemnización únicamente a la acusada y añade que, durante la ejecución, solo se acordó escuchar a la compañía aseguradora

AtlanticoHoy / EFE

El Tribunal Supremo (TS) ha eximido a una aseguradora de pagar 163.000 euros al concluir que no era responsable civil en un caso de intento de asesinato ocurrido en Tacoronte (Tenerife) en junio de 2019, cuando una mujer atropelló a su tía con un vehículo y le causó heridas graves.

La acusada fue declarada inimputable y se le impuso inicialmente el internamiento durante siete años y medio en un centro psiquiátrico al apreciarse una anomalía o alteración psíquica.

Medidas impuestas a la acusada

Posteriormente, esta medida fue sustituida por libertad vigilada durante el mismo periodo, con obligación de seguir tratamiento ambulatorio y con una orden de alejamiento de 500 metros, además de la prohibición de comunicarse con la víctima.

El Supremo considera que la aseguradora "nunca fue condenada" ni se ejerció contra ella acción civil alguna, por lo que no se le pueden imponer intereses de demora ni responsabilidades en fase de ejecución no contempladas en la sentencia firme.

Sin responsabilidad civil de la aseguradora

La resolución recuerda que la sentencia original atribuía el pago de la indemnización únicamente a la acusada y añade que, durante la ejecución, solo se acordó escuchar a la compañía aseguradora.

Además, subraya que la empresa no intervino en ningún momento del procedimiento judicial.

El atropello en Tacoronte

Los hechos ocurrieron en el acceso a la vivienda de la víctima, donde, según la sentencia, la procesada embistió con el vehículo a su tía contra un muro y posteriormente le pasó el coche por encima de las piernas.

Como consecuencia, la víctima sufrió fracturas y heridas en ambas piernas y tobillos, además de insuficiencia respiratoria.

Graves lesiones

Necesitó dos intervenciones quirúrgicas y permaneció hospitalizada durante 85 días.

La Audiencia Provincial consideró probado que la acusada padecía un trastorno delirante que anulaba o reducía gravemente sus capacidades cognitivas y volitivas, extremo ratificado por dos peritos.

Condena y recursos

Aunque los hechos fueron calificados como un delito de asesinato en grado de tentativa con alevosía, la mujer fue declarada inimputable.

La sentencia concluía además que existía una posibilidad "más bien escasa" de reincidencia y que podía cumplir el tratamiento prescrito.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) confirmó la resolución.

Fallo del Tribunal Supremo

Paralelamente, se abrió otro procedimiento sobre el pago de la indemnización, en el que varios autos atribuían esa obligación a la aseguradora, decisiones que fueron recurridas por la compañía.

Ahora, el Tribunal Supremo estima el recurso de la aseguradora y ordena al TSJC adoptar las medidas necesarias para ejecutar el fallo.