El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reconocido el derecho a percibir la prestación por desempleo a una empleada de hogar despedida antes de la entrada en vigor de la reforma legal de 2022, en una resolución que sienta un precedente en el Archipiélago y corrige el criterio aplicado hasta ahora por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La Sala de lo Social del TSJC, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, ha revocado una sentencia de instancia dictada en febrero de 2024 que avalaba la decisión del SEPE de denegar 120 días de prestación a una trabajadora despedida el 30 de septiembre de 2021, tras haber cotizado 394 días. El organismo estatal argumentó entonces que, en la fecha del despido, aún no había entrado en vigor el Real Decreto-ley 16/2022, que reconoció por primera vez el derecho al paro de las empleadas de hogar.
Doctrina europea de aplicación directa
El TSJC considera, sin embargo, que esa exclusión resulta incompatible con el derecho comunitario. En su fallo, del que es ponente el magistrado Javier Ercilla, el tribunal se apoya en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 24 de febrero de 2022, que declaró discriminatoria la normativa española que impedía a este colectivo cotizar por desempleo.
Según la Sala, dicha jurisprudencia europea debe aplicarse de forma directa, incluso a hechos anteriores a la reforma legal española, al entender que el Real Decreto-ley 16/2022 fue insuficiente, ya que solo resolvió la situación de las trabajadoras despedidas con posterioridad a su entrada en vigor.
Perspectiva de género
La sentencia subraya que el trabajo doméstico es un sector claramente feminizado, por lo que la interpretación de la normativa debe realizarse con perspectiva de género. En este sentido, el TSJC advierte de que denegar ahora la prestación supondría perpetuar una discriminación indirecta, derivada de una norma aparentemente neutra que provoca una desventaja particular a las mujeres sin una justificación objetiva.
El tribunal también rechaza el argumento de la falta de cotización, al recordar que fue el propio Estado el que negó durante años el derecho a cotizar por desempleo a las empleadas de hogar, vulnerando derechos fundamentales reconocidos por la legislación europea.
Precedente en Canarias
Con esta resolución, el TSJC se suma a fallos similares dictados por otros tribunales superiores, como los de Galicia y Navarra, y abre la puerta a que otras empleadas de hogar en Canarias, despedidas antes de 2022, puedan reclamar la prestación por desempleo si se encuentran en una situación comparable.
La sentencia refuerza así la primacía del derecho europeo sobre la normativa nacional cuando esta resulta discriminatoria y consolida la obligación de los órganos judiciales de aplicar la ley con enfoque de igualdad real.