Se mantiene el sobreseimiento de la querella contra Gustavo Matos por obras en su casa de La Laguna

La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso de apelación al archivo de las actuaciones solicitado por el querellante

Guardar

Gustavo Matos, presidente del Parlamento de Canarias./ Imagen del Parlamento
Gustavo Matos, presidente del Parlamento de Canarias./ Imagen del Parlamento

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Alfredo Gómez Álvarez, concejal del Ayuntamiento de La Laguna, contra el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones en el caso de las obras del presidente del Parlamento de Canarias, Gustavo Matos, en su ático de La Laguna.

De este modo, se mantiene el sobreseimiento dictaminado en abril por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santa Cruz de Tenerife, al no apreciar indicio delictivo alguno en la actuación de Matos. El presidente había sido querellado por supuestos delitos de prevaricación, cohecho, gestión interesada y malversación de caudales públicos.

Obras supuestamente sin autorización

El querellante acusaba a Gustavo Matos de realizar en enero de 2021 una obra sin autorización en un ático de su propiedad en La Laguna, que habría contratado a la empresa Devicserver SL.

Esta empresa, según Alfredo Gómez Álvarez, había sido adjudicataria de los contratos de suministro de comida o "catering" del Parlamento de Canarias “desde el segundo semestre de 2019 hasta la actualidad”.

Faltan indicios suficientes

En el auto del juez que sobreseyó originalmente la causa se expone que en la querella se apunta a la vinculación entre los servicios prestados por la entidad la empresa Devicserver SL con la adjudicación a empresas relacionadas con las administradora de todos los contratos de servicio de "catering" formalizados por el Parlamento de Canarias durante la décima legislatura, en la cual el querellado es presidente de la Cámara.

Agrega la autoridad judicial que, tal y como indica la página web de transparencia del Parlamento de Canarias, así como de la certificación sobre los contratos de "catering" celebrados por el Parlamento de Canarias desde 2019 hasta marzo de 2022 (aportada por el querellado), ni la empresa Devicserver SL ha sido adjudicataria de contrato alguno de este servicio ni consta que los trabajos en la vivienda del querellado se llegaran a realizar por la citada entidad.

Por ello, en abril se procedió a estimar parcialmente el recurso a falta de indicios suficientes y acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones, conforme prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por entender que no resultaban indicios suficientes del delito investigado, precisa el TSJC, que indicaba que la resolución era susceptible de recurso de apelación. Finalmente, esta apelación ha sido desestimada.

Archivado en: