Playa de Los Cristianos en Tenerife, una de las zonas más turísticas de la isla / HOLA ISLAS CANARIAS
Playa de Los Cristianos en Tenerife, una de las zonas más turísticas de la isla / HOLA ISLAS CANARIAS

Una cadena hotelera deberá devolver 19.700 euros por un contrato de ‘time-sharing’ declarado nulo

Un juzgado de Arona anula un acuerdo firmado en 2009 por falta de claridad sobre las semanas y el apartamento adquirido.

AtlanticoHoy / EFE

Un juzgado de Arona (Tenerife) ha declarado nulo un contrato de alquiler por tiempo compartido firmado en 2009 y ha ordenado a una cadena hotelera devolver 19.700 euros, más los intereses, a una pareja que denunció la falta de claridad del acuerdo. La sentencia concluye que el documento no incluía los “datos mínimos” necesarios para determinar el objeto del contrato.

El fallo destaca que el contrato no especificaba qué suite correspondía a los compradores ni qué semanas o turnos podían utilizar. Solo mencionaba una genérica “temporada oro”, sin aclarar a qué días se refería. El juzgado considera que esta indeterminación impedía a los clientes conocer qué estaban adquiriendo realmente.

Los abogados del caso, Miguel Rodríguez Ceballos y Luis Sánchez García Yanes, señalan que esta sentencia confirma que estos acuerdos son nulos de pleno derecho cuando no determinan ni la semana ni el apartamento concreto. Los demandantes argumentan que la falta de precisión obligaba a usar el apartamento “cuando y donde la cadena imponía”, dejando el disfrute sujeto a la disponibilidad del establecimiento.

Requisitos legales incumplidos

Los demandantes recuerdan que un contrato de tiempo compartido debe incluir una descripción exacta del inmueble, sus datos registrales, la identificación del notario, la fecha de extinción y los días y horarios concretos de ocupación. La ausencia de todos estos elementos esenciales llevó al juzgado a invalidar el acuerdo y a ordenar la devolución del importe abonado.