Samuel Lundel, presidente de la Asociación Sueca de Consumidores de Snus, sostiene una lata de bolsitas de nicotina en Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH
Samuel Lundel, presidente de la Asociación Sueca de Consumidores de Snus, sostiene una lata de bolsitas de nicotina en Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH

Bolsitas de nicotina, el producto que España quiere amordazar escandalizando a siete países europeos

Europa exige a sus Estados miembros que acaben con el tabaquismo para 2030, pero las tabaqueras se encuentran en España con un muro contra los productos libres de humo

Álvaro Oliver González, redactor jefe en Tenerife

Actualizada:

Sentado en un sofá de una tienda en el centro de Estocolmo, con un traje azul marino y una elegante corbata del mismo color y nudo Windsor, un hombre sueco llamado Samuel Lundel charla con un grupo de españoles.

En un momento apenas apreciable salvo para el que estuviese mirándole a la cara en ese instante, Lundel se separa el labio superior de los dientes e introduce en el hueco encima de los incisivos una pequeña bolsa de tela del tamaño de un sacapuntas. El instante ha pasado inadvertido para la mayoría de personas del local, pero lo que Lundel acaba de hacer equivale a fumar un par de cigarrillos.

Snus y sustitutos

El grupo de españoles, que sí se ha percatado de lo que ha hecho Lundel, le mira como si fuera un extraterrestre. Varios son fumadores o exfumadores, están perfectamente habituados al consumo de nicotina, pero nunca habían visto algo similar hasta que llegaron a Estocolmo.

En Suecia, no obstante, lo raro es ver a alguien encenderse un cigarrillo. Menos del 5% de la población del país escandinavo fuma. Lundel preside la Asociación Sueca de Consumidores de Snus, un producto del tabaco consumido desde hace siglos en Suecia y otros países nórdicos que es una seña de identidad del país, todavía por encima del IKEA. Junto a su caja de snus, Lundel tiene otra lata de un producto que, a simple vista, parece idéntico, pero encierra una batalla burocrática y legal con raíces en una tensión diplomática de hace décadas. Es un recipiente de bolsitas de nicotina, también llamadas en inglés nicotine pouches y conocidas en Suecia como snus blanco, un primo del snus que no contiene tabaco, sino solamente su sustancia adictiva.

Samuel Lundel, presidente de la Asociación Sueca de Consumidores de Snus, en Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH
Samuel Lundel, presidente de la Asociación Sueca de Consumidores de Snus, en Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH

Regulación en España

Aunque el español promedio lo desconoce, en Suecia están muy preocupados por los planes del Ministerio de Sanidad de nuestro país para estas bolsitas. Actualmente, el snus —es decir, las bolsitas que sí contienen tabaco— están prohibidas en todos los países de la Unión Europea (salvo Suecia) por una directiva de 1992. Las bolsitas de nicotina, aunque son el mismo concepto, están en un vacío legal porque no contienen tabaco. Vacío que España quiere regular.

Pero vayamos poco a poco. En 1992, la Unión Europea prohibió el consumo oral del tabaco que no fuese inhalado o mascado. El veto fue la consecuencia de la preocupación que se arrastraba desde mediados de los años 80, cuando la empresa U.S. Smokeless Tobacco Company (UST), en colaboración con British American Tobacco (BAT), introdujo en el mercado europeo los Skoal Bandits, una forma de tabaco oral en pequeñas bolsitas que se colocaban entre la encía y el labio.

El precedente prohibitivo

Estos productos se promocionaron en países como el Reino Unido e Irlanda, especialmente entre los jóvenes y estudiantes universitarios, mediante campañas de marketing agresivas. La introducción de Skoal Bandits generó inquietud en la comunidad médica y entre los legisladores debido a su potencial adictivo y a los riesgos asociados al cáncer oral, aunque no estaban del todo probados, si bien hoy se sabe que estaba relacionado con las cantidades de nitrosamina presentes en el tabaco, que hoy en día se reducen en la producción sueca de snus.

En respuesta, Irlanda prohibió la venta de tabaco oral en 1988, seguida por el Reino Unido en 1990. Estas acciones sentaron un precedente que llevó a la prohibición a nivel de la Unión Europea de 1992.

Centro de la ciudad de Estocolmo, capital de Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH
Centro de la ciudad de Estocolmo, capital de Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH

Excepción nórdica

Por aquel entonces, ni Suecia, ni Finlandia, ni por supuesto Noruega formaban parte de la Unión Europea, por lo que la prohibición pasó sin pena ni gloria por los países nórdicos. Sin embargo, tres años más tarde, los suecos y los fineses comenzaron las negociaciones para adherirse a la Comunidad Económica. Finlandia tiró la toalla, pero Suecia puso como condición sine qua non que se hiciese una excepción que les permitiese seguir produciendo y consumiendo snus. La jugada salió bien y Suecia se incorporó a la Unión salvando su preciado producto del tabaco.

Los suecos escaparon de la norma, pero quedaron solos en Europa. Su producto, que había ido evolucionando desde el siglo XVIII como una variante del tabaco esnifado de rapé, podía consumirse pero no exportarse. Pero en 2014, en Estados Unidos se comercializó el perfecto sustituto para sortear la prohibición: las bolsitas de nicotina.

La alternativa sin humo

Al no contener tabaco, su veto no estaba amparado por la normativa europea. En 2016, Suecia comenzó a comercializarlas y hoy en día se pueden encontrar en los estancos españoles. Las tabaqueras han hecho una gran apuesta por este producto, que quieren comercializar como una alternativa sin humo al tabaco convencional en vista de los objetivos europeos de conseguir una sociedad libre de humo para 2030.

Pero volvamos a Estocolmo, a la tienda de snus. Mientras Samuel Lundel acapara la atención del grupo de españoles introduciéndose la bolsita de nicotina entre el labio y las encías, en la habitación contigua se encuentra el psicólogo sueco Karl Olov Fagerström, creador del famoso test de Fagerström, un cuestionario para medir el grado de adicción entre los consumidores de tabaco.

Karl Olov Fagerström, psicólogo sueco especializado en tabaquismo y creador del test homónimo para medir la adicción a la nicotina./ ÁLVARO OLIVER-AH
Karl Olov Fagerström, psicólogo sueco especializado en tabaquismo y creador del test homónimo para medir la adicción a la nicotina./ ÁLVARO OLIVER-AH

Impacto sanitario y consumo

“Si los españoles tuvieran los hábitos de consumo de tabaco de los suecos, en España habría 29.000 muertes menos al año”, dice Fagerström sin vacilar, y añade que, tras una vida persiguiendo el fin del tabaquismo, ha llegado a la conclusión de que la adicción a la nicotina nunca desaparecerá, pero sí puede hacerlo el humo con productos como estas bolsitas.

En Suecia, el consumo de cigarrillos es casi nulo: menos del 5% de los adultos suecos fuman, pero las tasas de consumo de nicotina son equivalentes a las de otros países europeos, superando el 20%.

Reducción del tabaquismo

El reino escandinavo ha conseguido ser virtualmente un país libre de humo varios años antes de la fecha fijada, pero donde la prevalencia de la nicotina sigue en niveles equiparables al del resto de sus vecinos. El consumo tradicional del snus, sumado al miedo al cáncer de pulmón arraigado en la población sueca desde que Estados Unidos lanzase los primeros estudios que correlacionaban el consumo de tabaco de combustión con esta enfermedad en los años 60, han constituido una pauta de consumo completamente diferente a la del resto de países de su entorno.

Y esto se nota en las cifras de cáncer de pulmón, laringe y estómago de los suecos, de las más bajas de la Unión. Por ejemplo, en España, según la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), en 2022 se estimaron 30.948 nuevos casos de cáncer de pulmón, con una tasa ajustada por edad de 65 casos por cada 100.000 habitantes. Ese año, en Suecia la tasa fue de aproximadamente 13,2 casos por cada 100.000 habitantes.

Un hombre fuma un cigarro en el exterior de la estación de trenes de Estocolmo (Suecia), una acción rara de ver en la capital sueca./ ÁLVARO OLIVER-AH
Un hombre fuma un cigarro en el exterior de la estación de trenes de Estocolmo (Suecia), una acción rara de ver en la capital sueca./ ÁLVARO OLIVER-AH

Contraste entre países

La diferencia entre un país y otro parece estar bastante relacionada con los hábitos de consumo de tabaco. La correlación entre ambas variables fue especialmente palpable el siglo pasado con la prevalencia de cáncer entre hombres y mujeres. El snus ha sido en Suecia tradicionalmente un producto consumido casi de forma exclusiva por hombres, que presentaban menos prevalencia de cáncer que las mujeres, que fumaban cigarrillos y sufrían de esta enfermedad en porcentajes similares al de otros países europeos.

Con este marco llegamos a la situación actual en España, país donde el Ministerio de Sanidad está tramitando un Real Decreto que pretende regular la comercialización de bolsitas de nicotina —el snus queda en Suecia, único país donde es legal—.

Propuesta restrictiva española

Las cantidades fijadas por el Ministerio de Sanidad en su borrador son 0,99 miligramos de nicotina por bolsita (las que se producen en Suecia pueden alcanzar legalmente los 20 miligramos) y prohibir que se les ponga sabores de ningún tipo.

Para establecer un marco comprensible, un cigarrillo industrial contiene entre 8 y 20 miligramos de nicotina, si bien la cantidad que realmente se absorbe al fumar (la dosis inhalada) es mucho menor debido a la forma en que se consume. Por normativa europea, el estándar medio de lo que debe llegarle a un fumador por cigarro es 1 miligramo de nicotina.

Una ciclista en el centro de Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH
Una ciclista en el centro de Estocolmo, Suecia./ ÁLVARO OLIVER-AH

Comparación con otros productos

Lo mismo ocurre con las bolsitas de nicotina, aunque en diferente medida. Se calcula que aproximadamente un tercio de la nicotina contenida en este producto llega a la sangre, por lo que la limitación a 0,99 miligramos supondría que el consumidor sólo obtenga 0,33 miligramos de nicotina.

Sin embargo, la limitación del gramaje contrasta con otros productos liberadores de nicotina oral, como los chicles o caramelos Nicorette, que son de venta libre en farmacias y se encuentran en formatos de 2 y 4 miligramos de nicotina por unidad y en sabores mentolados y de fresa.

Chicles Nicorette en su edición de dos miligramos./ NICORETTE
Chicles Nicorette en su edición de dos miligramos./ NICORETTE

Justificación del ministerio

Y es que el Real Decreto también busca prohibir los sabores en las bolsitas. En Suecia, el mercado está tan desarrollado que los pequeños paquetitos para las encías saben a casi cualquier cosa. Se pueden encontrar de tarta de queso, sin ir más lejos. Pero en España, el Ministerio de Sanidad teme que esto pueda ser un aliciente para el consumo entre los más jóvenes.

Atlántico Hoy ha consultado al Ministerio de Sanidad por el porqué de estas limitaciones tan ajustadas para las bolsitas cuando otros productos con nicotina contienen más cantidad de miligramos. “La nicotina, además de ser una sustancia extremadamente adictiva, es una sustancia tóxica por contacto y por ingestión, que (…) produce una serie de síntomas que, dependiendo de la dosis y la sensibilidad de la persona intoxicada, pueden ir desde quemaduras cutáneas, mareos, vómitos, hasta arritmias cardiacas, coma, paro cardiaco y la muerte (...)", adelanta el ministerio.

Argumento sobre uso recreativo

El ministerio sí reconoce en su respuesta a Atlántico Hoy que las bolsitas de nicotina son, con respecto a los chicles Nicorette, “un producto muy similar” en consumo y forma de absorción. Sin embargo, la clave para imponer distintos gramajes reside en el tipo de uso, médico o recreativo: “[Un producto] de uso exclusivamente recreativo no puede ni debe tener un límite de nicotina por encima de un medicamento”, señala.

Huelga decir, una vez más, que los chicles y caramelos Nicorette no están sujetos a prescripción médica aunque se consideren un medicamento. Su uso, además, es casi idéntico al de la bolsita, puesto que tras mascarlo se recomienda dejarlo en la encía para mayor absorción de la nicotina.

Industria frente a restricciones

La industria tabaquera se encuentra, por tanto, en una encrucijada, pues la Unión Europea tiene marcado el objetivo de deshacerse del humo para 2030, pero España y otros países como Francia quieren frenar las alternativas sin humo ni tabaco que plantea.

“Desde el punto de vista de un futuro cáncer de pulmón, podría discutirse esa afirmación [que el consumo de productos libres de humo puede estar directamente relacionado con la reducción de cuadros clínicos]. Desde el punto de vista médico y de salud pública, la industria no debe ni puede poner productos dirigidos a la cesación, ya que no es más que una estrategia para mantener a sus clientes y sus ingresos”, afirma el Ministerio a este medio.

Motivación empresarial

Es comprensible y lícito, por otra parte, que una industria, sea cual sea, no se resigne a desaparecer y busque alternativas acordes a los nuevos tiempos, por lo que las tabaqueras tampoco entienden esta premisa del ministerio. No es ningún secreto que una industria quiera mantener sus clientes e ingresos.

En noviembre de 2021, el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, elaboró un hilo en la red social X en el que explicaba las características del nuevo Real Decreto y afirmaba lo siguiente: “La limitación a estas concentraciones supone, de facto, la prohibición de los productos actualmente comercializados, al tener unas concentraciones varias veces (muchas veces) superiores, con probados efectos sobre la salud de quienes lo consumen”.

Javier Padilla, secretario de Estado de Sanidad./ MINISTERIO DE SANIDAD
Javier Padilla, secretario de Estado de Sanidad./ MINISTERIO DE SANIDAD

Uso dual y adicción

Otra preocupación que parece traer de cabeza a Padilla es que las bolsitas de nicotina se utilicen de forma dual con el tabaco en momentos en los que el consumidor no puede fumar: “El adicto a la nicotina y el tabaco tendría un producto más en el mercado, con buen sabor y diseños atractivos y que puede consumirse en un avión, un tren, en el trabajo… Elevando los niveles de nicotina en sangre de forma constante y con un uso dual con el resto de productos, por lo que más allá de ayudar a dejar el cigarrillo, este producto va a agravar la adicción y la dependencia de la nicotina”.

Algo que, por otra parte, se puede conseguir también con un chicle de nicotina de venta libre en farmacias.

Reacción internacional

¿Y cómo está todo este embrollo ahora mismo? Pues paralizado. España está optando por una de las restricciones más agresivas en el entorno europeo y por eso el Real Decreto ha recibido informes razonados en contra de seis países, comentarios de uno (Croacia) y de la Comisión Europea, en su paso por el sistema TRIS (Technical Regulation Information System), el sistema de la Comisión Europea para el intercambio de información entre países miembros sobre los proyectos de reglamentaciones técnicas cuyo objetivo principal es evitar obstáculos al comercio dentro de la Unión.

Estos países son Suecia, Italia, Grecia, Rumanía, Hungría, República Checa y Croacia, y sus preocupaciones son variopintas, aunque principalmente se centran en problemas de competencia y en la prohibición encubierta de estos productos con gramajes muy reducidos.

Argumentos de los países

Suecia y Grecia destacan que el snus —equiparable en cuanto a forma de administrar la nicotina— ha contribuido a sus bajas tasas de tabaquismo y enfermedades asociadas, mientras que Italia y Rumanía subrayan el impacto que tendría en la seguridad jurídica, el comercio y la producción nacional.

Rumanía y República Checa alertan sobre las consecuencias económicas y jurídicas del decreto, incluyendo obstáculos al comercio intracomunitario, inseguridad normativa y efectos negativos sobre la competencia. Las alegaciones de Hungría no han trascendido.

Comparativa europea

El gramaje propuesto por España contrasta con los límites establecidos en otros países del entorno europeo. Algunos ejemplos:

  • Austria: 16,69 mg

  • República Checa: 12 mg

  • Dinamarca: 9 mg

  • Estonia: 25 mg

  • Finlandia: 16,6 mg

  • Hungría: 17 mg

  • Letonia: 4 mg

  • Lituania: 16 mg

  • Polonia: 20 mg

  • Eslovaquia: 20 mg

  • Suecia: 20 mg

Advertencia de la CNMC

Por otra parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió en febrero un informe sobre el borrador del Real Decreto expresando su preocupación sobre la propuesta de limitar a 0,99 miligramos la cantidad máxima de nicotina por bolsita. A juicio del organismo, esta medida carece de una justificación técnica clara, ya que no se explica por qué se ha fijado ese umbral ni en qué medida contribuiría realmente a proteger la salud pública.

Según el informe, la mayoría de bolsitas que se comercializan actualmente en España y en otros países europeos contienen entre 3 y 20 miligramos, lo que implicaría una prohibición de facto de estos productos en el mercado nacional.

Riesgo para la competencia

Además, la CNMC advirtió de que la medida podría suponer una barrera injustificada al comercio dentro del espacio económico europeo. Al restringir un producto legalmente disponible en otros Estados miembros de la UE, la normativa española podría estar afectando a la libre circulación de mercancías y generar desequilibrios competitivos, especialmente en un mercado emergente y aún en desarrollo como es el de las bolsitas de nicotina.

El organismo regulador recomendó al Ejecutivo que, de optar por mantener esta limitación, aportase una base empírica sólida que justificase la decisión y evaluase alternativas menos restrictivas desde la óptica de la competencia.

Próximos pasos

Entre esas alternativas, la CNMC proponía reforzar el control de la venta a menores, intensificar campañas de información y sensibilización, y establecer mecanismos eficaces de supervisión, en lugar de acudir directamente a la prohibición.

Llegados a este punto, el Real Decreto entra en una nueva fase. Como consecuencia de la emisión de los seis dictámenes razonados, la finalización del periodo de status quo del proceso TRIS se amplió 3 meses más, hasta el 28 de julio, periodo durante el cual España no puede realizar ningún acto formal del proceso de adopción del decreto.

El siguiente trámite tras el 28 de julio será remitir el borrador al Consejo de Estado, que tendrá dos meses para emitir su informe. Mientras tanto, España debe responder a los seis países que emitieron dictamen, abstenerse de avanzar formalmente e iniciar diálogo con la Comisión Europea y los Estados miembros.