Imagen de un viñedo en Tenerife al lado de vid afectada por la filoxera. / MONTAJE AH
Imagen de un viñedo en Tenerife al lado de vid afectada por la filoxera. / MONTAJE AH

Las medidas contra la filoxera ya son una realidad: desde protocolos de control hasta sanciones

La Orden se encuentra en funcionamiento desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) este pasado viernes

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Un total de 18 páginas recogen las medidas que el sector vitivinícola tendrá que aplicar de manera indefinida como escudo a la filoxera, todo ello para evitar que se traslade a otros puntos de Tenerife o de Canarias

El sector ha estado en pendiente durante la semana a la publicación de la Orden, que ha llegado este viernes. Esta declara la existencia de la plaga, califica de utilidad pública la lucha contra dicho insecto y adopta las medidas fitosanitarias urgentes para su erradicación y control.

En ella se señala además que las administraciones locales de Canarias colaborarán con la Comunidad Autónoma en la erradicación, e incluye un apartado específico de medidas preventivas y de gestión de riesgos para la realización de actividades enoturísticas. El incumplimiento de estas medidas podrá ser sancionado. 

Zona demarcada 

La Orden delimita una zona demarcada en torno al brote de filoxera en Acentejo (Tenerife) compuesta por la zona infestada, con radio mínimo de 500 metros alrededor del brote, y zona tampón, con radio mínimo de 1 kilómetro alrededor de la zona infestada.

En esa zona demarcada se establecen medidas fitosanitarias de erradicación y control de obligado cumplimiento, como por ejemplo los tratamientos insecticidas en la zona infestada, la destrucción “in situ” del material vegetal infestado, así como de vegetales próximos (hasta 50 m) con síntomas, con sospecha de infección o que pertenezcan a la misma especie que el vegetal infestado, aunque no presenten daños.

Los propietarios, entre otras cuestiones, estarán obligados a permitir el acceso a sus parcelas al personal de la administración para ejecutar medidas, vigilancia y toma de muestras. También a comunicar si detectan plagas, sus síntomas y a hacer la destrucción con un funcionario de la Dirección General de Agricultura presente.Tendrán prohibido plantar vid en la zona infestada durante 12 meses sin presencia del organismo.

Imagen de un viñedo de Canarias y una filoxera / MONTAJE AH - EFE
Imagen de un viñedo de Canarias y una filoxera / MONTAJE AH - EFE

Canarias

En cuanto a Canarias, mientras dure la declaración de la plaga, queda prohibido el movimiento de material vegetal de vid (en cualquier forma), así como enseres, maquinaria, cajas y suelo de viñedo, tanto entre islas como entre zonas de una misma isla. Durante la vendimia, la uva fresca está prohibida trasladarla desde Tenerife al resto de islas y viceversa, así como el movimiento entre islas, salvo autorización de la Consejería bajo control fitosanitario. El movimiento autorizado requiere llenar la guía de movimiento y el acta de inspección. La autorización se revoca si aparece un brote en la isla de origen.

Dentro de las Denominaciones de Origen está permitido el movimiento interno si no hay brote en su ámbito y, si hubiera brote, los movimientos fuera de la zona demarcada sólo podrán hacerse con autorización. Dentro de la zona demarcada la Consejería puede autorizar el movimiento de uva fresca bajo condiciones fitosanitarias, también con la guía y el acta.

Uva fresca 

Está prohibido trasladar uva fresca fuera de la zona demarcada. Se autorizarán los movimientos de uva fresca, siempre y cuando, se encuentren amparados por la guía de movimientos que corresponda en cada caso, y el acta de inspección oficial, donde se verifique que dicha explotación no presenta síntomas compatibles con la filoxera. En los casos en los que que sea necesaria la autorización de la Consejería para el movimiento de la uva fresca será obligatorio durante su transporte portar la Guía de movimiento, que corresponda en cada caso, así como la autorización de la Dirección General de Agricultura.