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Imagen de una vivienda turística de Las Palmas de Gran Canaria / ATLÁNTICO HOY

La mitad de los viviendas vacacionales canarias se quedan fuera del registro estatal obligatorio

De las 11.293 solicitudes de Canarias presentada en julio y en agosto, el Gobierno estatal ha tumbado 5.594

El Gobierno estatal ha echado para atrás la mitad de las solicitudes de Canarias presentadas en julio y en agosto para inscribir viviendas vacacionales en el registro obligatorio. Desde el archipiélago llegaron a lo que se conoce como ventanilla única de alojamiento turístico del Ministerio de Vivienda un total de 11.293 peticiones, de las que se han rechazado justo el 50%. 

Desde la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV), señalan que no tiene datos de los motivos de denegación, pero apuntan que gran parte de ellos se deben a la falta de inscripciones de las fincas en el Registro de la Propiedad, cuando esta “no es obligatoria”. 

Número de solicitudes y rechazos

El archipiélago es la tercera comunidad con mayor número de rechazos en términos absolutos, al ser de las regiones con mayor volumen de solicitudes, solo por detrás de Andalucía (18.180 solicitudes y 10.851 denegadas) y Cataluña (11.145 peticiones y 4.799 rechazadas). 

Sin embargo, en porcentaje, Canarias se sitúa en un punto intermedio: la mitad de las peticiones no prosperaron, un dato similar al de Baleares (51 %), pero muy por debajo de Madrid, donde el 93 % de las solicitudes fueron denegadas.

En otras comunidades, la situación varía de forma notable. Murcia (71 %) y Castilla-La Mancha (70 %) también superan ampliamente la media de rechazos, mientras que en el País Vasco apenas se denegó un 21 % de las solicitudes. Asturias (29 %), La Rioja (30 %) o Navarra (32 %) presentan igualmente cifras mucho más bajas.

Motivos de la denegación 

La presidenta de ASCAV, Doris Borrego, cuestiona los motivos que están detrás de buena parte de las denegaciones. Según explica, muchos rechazos se producen porque la finca no está inscrita en el Registro de la Propiedad, lo que obliga al propietario a regularizar previamente su inmueble con el coste que ello conlleva. “La propia Ley Hipotecaria, que tiene rango superior al Real Decreto 1312/2024, establece que la inscripción de los inmuebles en España no es obligatoria”, recuerda.

Borrego añade que otras solicitudes son denegadas por falta de adecuación en la descripción de la finca o por la existencia de alguna contravención en los estatutos de la comunidad de propietarios.

En este sentido, reitera que “la normativa no me obliga a tener actualizada la descripción en el Registro de la Propiedad, y aun así se rechazan expedientes por ese motivo”, lamenta la presidenta de ASCAV, que insiste en que los criterios actuales suponen un obstáculo añadido para los propietarios que buscan cumplir con la ley.

Regulación 

Entre los meses de verano de julio y agosto, el Ejecutivo nacional ha tumbado cerca de 35.000 pisos turísticos de los 69.000 que han intentado registrar. Este dato supone el doble de las denegaciones del primer semestre de 2025, periodo donde la medida era voluntaria. 

El hecho de que uno de cada dos intentos de inscripción en Canarias no haya prosperado refleja, además, la complejidad de la situación: un sector que no para de crecer frente a una regulación cada vez más estricta que busca equilibrar el impacto económico con las necesidades residenciales y sociales.