El capitán marítimo de Las Palmas, Ignacio Gallego, llama a la convivencia del sector pesquero y los parques eólicos marinos. / M. REYES
El capitán marítimo de Las Palmas, Ignacio Gallego, llama a la convivencia del sector pesquero y los parques eólicos marinos. / M. REYES

"No sé si se restringirá la pesca, pero Arinaga es la mejor zona de Europa para los parques eólicos"

El capitán marítimo de Las Palmas revela que la regulación técnica de las energías renovales está bastante avanzada. Hay empresas que ya estudian los fondos marinos para instalar molinos, aunque los proyectos no se autorizarán hasta 2030

Ignacio Gallego, natural de Oviedo, cumple en octubre un año como capitán marítimo de Las Palmas, una casa que conoce bien porque trabajó en ella siete años antes de convertirse en la máxima autoridad de la provincia en el mar. Desde que llegó ha tenido afrontar incendios en barcos, riadas con coches hudidos en la playa, naufragios y rocambolescos accidentes dentro del Puerto de La Luz, pero en esta entrevista se centra en dos cuestiones técnicas: la puesta en marcha de los parques eólicos marinos, y los cambios en la tramitación de los despachos para poder navegar que introduce el nuevo reglamento. Una reforma que el propio Gallego he llevado de forma directa junto a otro compañero para sacarla adelante y explicarla a los sectores afectados en todo el territorio nacional.

¿Cuándo empezarán a funcionar los parque eólicos marinos?

¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Por qué? Las grandes preguntas. A ver, la eólica marina va a llegar. ¿Cuándo? No lo sé. Creo que los proyectos más optimistas son para 2030. Todavía queda mucho. ¿Dónde? La posición exacta está por determinar, pero el Plan de Ordenación del Espacio Marítimo Español establece las áreas y Arinaga es la mejor zona de Europa para instalar estos parques porque coincide con un puerto de interés estatal. También es uno de los mejores puntos para la acuicultura. Tenemos que aprender a vivir todos juntos porque la eólica marina irá allí porque es el mejor sitio. Está publicado en un Real Decreto que regula el trámite de la concurrencia competitiva para que ya se puedan presentar los diferentes candidatos o las diferentes propuestas para los parques. La Marina Mercante está pendiente de publicar otro decreto que regulará la parte técnico-marítima, pero no sólo de la eólica marina, sino de todas las energías renovables flotantes. También tiene la competencia del control técnico de estas instalaciones y la seguridad marítima. Estamos desarrollando la norma, que está bastante avanzada. Son proyectos muy grandes, económicamente muy potentes. Hay empresas que están haciendo trabajos de sondeo en la zona sur de Gran Canaria, hay varias que han pedido la autorización para mirar el fondo. en Gran Canaria. La eólica de aquí será flotante, no va a ser como el molino de la Plocán, que está fijo al suelo, sino con sistemas flotantes y cadenas. Es más complejo porque estamos hablando de 130 metros de fondo.

¿Qué fricciones pueden surgir? 

Por supuesto con el sector pesquero y el ocio, pero la mar es suficientemente grande para todos. En los estudios de repercusión se valora la influencia de los usos y disfrutes, porque al final el mar es de todos, no sólo del pescador ni de la eólica marina o del sector recreativo. Cuando se presenten los proyectos se verá si son necesarias las restricciones o no. Por supuesto, a los molinos no podrá llegar, pero la restricción no quiere decir que vayamos a cerrar el mar. También habrá que distinguir entre buques mercantes y la pesca.

¿Pero afectará a la pesca?

Hasta no sepamos dónde van los proyectos es muy difícil decir si afectará o no la pesca, porque igual hay un caladero tradicional y afecta muchísimo o no molesta porque no es una zona habitual de pesca. Creo que hay mucho miedo y es muy aventurado decir cómo afectarán los molinos a este sector. Insisto, tenemos que convivir todos y hacer uso del mar de manera segura.

¿Qué cambios hay en el Real Decreto de Ordenación a la Navegación y en qué afecta a los barcos?

Se publicó en 2023, pero no entró en vigor hasta el 15 de agosto de manera definitiva. Cambia radicalmente la forma que tiene la administración marítima de relacionarse con el ciudadano en dos cosas: el despacho del buque y el enrolamiento de las tripulaciones. Antes los buques mercantes llevaban un librito para apuntar los tripulantes a bordo y los desembarcos, pero eso ahora ha desaparecido y la tramitación es electrónica. Si el capitán o el armador quieren notificar algo, se meten en la sede virtual y lo hace. Hemos hecho una base de datos que ha unido a un montón de aplicaciones con los datos unificados de las tripulaciones profesionales, las situaciones de pesca o las cuestiones sanitarias. Los despachos, que son las autorizaciones administrativas para navegar, serán siempre telemáticos, menos en la náutica de recreo, con la gran novedad de que ya no es necesario que la administración autorice la navegación de forma expresa, sino que vale una declaración responsable el armador o del patrón para ejercer la actividad.

¿Se reducen los plazos y los trámites?

Sí, antes había que presentar la documentación en Capitanía Marítima, que tardaba unos dos días de media para darte el despacho, pero ahora basta con comunicar telemáticamente que está todo en regala. Con este cambio logramos agilidad y reducimos infinitamente los plazos porque ahora es instantáneo. La figura de la declaración responsable funcionaba antes en otros ámbitos, como el de las actividades subacuáticas profesionales o el chárter náutico. Está regulada desde el año 2015  y al final lo que hace es devolver la pelota al ciudadano, porque antes la Capitanía tenía que revisar todo y decirte que estaba bien o no. Ahora es el capitán o el armador el que tiene que decir que está todo correcto. 

¿Qué pasa si no es así? 

La ley de navegación marítima establece que es el armador el responsable siempre, no es la Capitanía que emite el despacho y, como ha comprobado, te quita tu responsabilidad. La ley establece que la responsabilidad de que el barco se haga a la mar es del armador. Con el sistema anterior había como una especie de difusión con respecto al responsable del buque. Ahora pasamos de hacer una inspección previa de la documentación a realizar una inspección posterior. Esto permite al profesional hacer su trabajo sin esperar a la autorización de la administración. Nosotros seguimos ejerciendo la facultad de control, pero no con carácter previo, sino posterior.

¿Y las sanciones?

Si hay incumplimientos, pues igual que ahora. El régimen sancionador no cambia, sólo se añade la figura de la declaración responsable, con la advertencia de que una declaración incorrecta de datos puede ser motivo de sanción, como navegar sin certificados, o con los certificados caducados o con una tripulación no debidamente titulada.