El Pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, celebrado en la mañana de este lunes, 22 de diciembre, tuvo sobre la mesa dos denuncias administrativas consecutivas que cuestionan la legalidad de la autorización concedida a la mercantil Administraciones Hernández SA, cuyo administrador único es Eugenio Hernández León, para el abastecimiento de agua potable en las zonas de Monte León I y II, Lomo Palmitos y Palmitos Park.
Ambos escritos, presentados por Juan Manuel Pérez León los días 19 y 21 de diciembre, solicitan que se declare la caducidad, nulidad o revocación de la autorización administrativa que permite a la empresa prestar el servicio, al considerar que carece de cobertura legal desde hace más de una década y que su mantenimiento habría generado un grave perjuicio económico al municipio.
Primera denuncia
La primera denuncia sostiene que la autorización otorgada en el año 2000 habría caducado automáticamente el 23 de octubre de 2010, sin que conste una prórroga válida ni un procedimiento administrativo ajustado a Derecho que justifique su vigencia posterior. El escrito subraya que las autorizaciones administrativas tienen carácter precario y temporal, y que no pueden prolongarse de forma tácita ni equipararse en la práctica a una concesión administrativa.
El denunciante expone además que el Ayuntamiento habría permitido la continuidad del servicio pese a existir una concesión administrativa plenamente vigente para el mismo ámbito, lo que haría incompatible la coexistencia de ambos títulos. A ello se suma la presunta extensión del suministro fuera de las zonas expresamente autorizadas, alcanzando áreas cubiertas por otra concesionaria, una situación que, según el escrito, habría sido conocida y tolerada durante años.
Uno de los aspectos más relevantes de las denuncias es el impago prolongado del canon municipal, fijado en un 1,5 % sobre la facturación bruta del servicio. Según se expone, no consta el abono de cantidad alguna desde 1994, lo que habría generado una deuda de elevada cuantía a favor del Ayuntamiento sin que se haya ejercido una actuación recaudatoria efectiva. El escrito recuerda también antecedentes de incumplimientos contractuales previos del mismo empresario en otros servicios municipales, como la explotación de los aparcamientos del Anexo II, extinguida por acuerdo plenario en el año 2000.
Segunda denuncia
La segunda denuncia, registrada dos días después, pone el foco en el soporte administrativo que habría permitido mantener viva la autorización. En concreto, cuestiona un documento interno, que habría sido determinante para ampliar de facto la vigencia del permiso. El denunciante sostiene que dicho documento carece de firma, autor identificado, adscripción orgánica y asunción de responsabilidad jurídica, por lo que lo considera jurídicamente inexistente e incapaz de fundamentar una resolución administrativa válida.

Este segundo escrito añade que el informe omitió hechos esenciales, como el reconocimiento de que el servicio se habría prestado durante años sin título habilitante, la ausencia total de canon, la ampliación territorial no autorizada del suministro y la condición de deudor estructural del beneficiario en otros contratos municipales. A juicio del compareciente, todo ello habría permitido consolidar una situación irregular, transformando una autorización limitada en el tiempo en un régimen equiparable a una concesión, sin control económico ni contraprestación para las arcas públicas.
Perjuicio al ayuntamiento
El documento incorpora además una estimación económica indiciaria y prudente del perjuicio causado al Ayuntamiento por la no exigencia del canon durante más de dos décadas, que sitúa el daño mínimo en 3,6 millones de euros, sin incluir intereses ni posibles ampliaciones del ámbito del servicio.
Ambas denuncias reclaman que, tras su paso por el Pleno celebrado este lunes, se actúe de forma inmediata para declarar extinguida la autorización, liquidar las cantidades adeudadas y depurar las posibles responsabilidades administrativas, contables o penales derivadas de la prolongada inacción municipal. Los escritos advierten de que, en caso de no adoptarse medidas, los hechos serán puestos en conocimiento del Tribunal de Cuentas y de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada
