Loading...
Imagen del Ayuntamiento de Gáldar / AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR

Gáldar se suma a Santa María de Guía en el rechazo a la planta de biogás de La Atalaya

El Ayuntamiento impugna la autorización energética concedida a Conagrican y pide suspender su ejecución mientras se resuelve el recurso

El conflicto por la planta de biogás proyectada en La Atalaya, en Santa María de Guía, vuelve a la vía administrativa. El Ayuntamiento de Gáldar ha presentado un recurso de alzada contra la autorización concedida por la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias a Conagrican, S.L. para construir una planta de generación híbrida de 499 kW.

El Consistorio sostiene que la autorización no ha resuelto las objeciones planteadas durante la tramitación y centra ahora su recurso en la cronología del expediente ambiental y energético. También reclama la suspensión de la ejecución de la resolución mientras se resuelve la impugnación.

La autorización fue concedida mediante la Resolución 1386/2026, de 1 de septiembre, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias el 15 de septiembre. El permiso afecta exclusivamente a la instalación energética y no sustituye otras autorizaciones necesarias, entre ellas la licencia municipal.

Un proyecto de 499 kW

La infraestructura se plantea en la parcela 25 del polígono 1 de Santa María de Guía y contempla un motor de cogeneración de 635 kW, limitado a 499 kW, además de un centro de transformación y varias líneas subterráneas de media tensión. La instalación se conectará con el parque eólico Roque Prieto, de 2,5 MW, ya existente en la zona. El presupuesto de la actuación energética asciende a 1.157.437,86 euros.

La planta de generación forma parte de un proyecto más amplio de tratamiento y valorización de destríos agropecuarios para producir biogás y compostaje. La autorización energética se tramita de manera específica al amparo del régimen de instalaciones eléctricas de Canarias.

El proyecto se encuentra además en un punto especialmente próximo a Gáldar. El Ayuntamiento ha señalado que la instalación está a unos 800 metros del límite municipal y que la actuación puede afectar a núcleos como Caleta de Arriba y otras zonas habitadas.

La clave: las fechas

El argumento central del nuevo recurso está en la secuencia temporal del expediente.

El informe de impacto ambiental de la planta de tratamiento y valorización de destríos fue formulado por la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental el 14 de marzo de 2025. Aquel procedimiento concluyó que el proyecto no necesitaba una evaluación de impacto ambiental ordinaria siempre que se ejecutase conforme a la alternativa seleccionada y a las medidas ambientales establecidas.

Sin embargo, la propia resolución energética recoge que el 19 de junio de 2025 la Dirección General de Energía requirió a Conagrican que aportara el proyecto completo de la hibridación eólica-biogás y el diagrama unifilar de la instalación. La empresa presentó el proyecto de autorización administrativa de construcción el 7 de agosto de 2025.

Gáldar considera que esta cronología plantea una cuestión de fondo: sostiene que la configuración definitiva de la instalación energética se concretó después del informe ambiental de marzo y que, por tanto, debe acreditarse que el proyecto finalmente autorizado estaba íntegramente comprendido en aquella evaluación.

Lo que dice el Gobierno

La resolución de Energía mantiene, no obstante, una posición distinta. El documento afirma expresamente que la instalación sometida a evaluación ambiental incluye las instalaciones contenidas en el proyecto objeto de la autorización energética y considera que las objeciones relativas a la modalidad de evaluación ambiental no tienen cabida en este procedimiento.

Es precisamente esta discrepancia la que queda ahora planteada en el recurso de alzada: mientras el Ayuntamiento entiende que debe demostrarse la correspondencia entre el proyecto ambientalmente evaluado y el autorizado posteriormente, la resolución autonómica considera que dicha cobertura ambiental existe.

La propia autorización establece además que cualquier alteración sustancial de las características de la instalación o de las condiciones tenidas en cuenta para concederla supondría su anulación y exigiría iniciar un nuevo procedimiento.

El impacto sobre la salud

Otro de los puntos relevantes del expediente es el informe de la Dirección General de Salud Pública.

En el apartado dedicado a la percepción del riesgo, el documento considera que el conjunto de instalaciones previstas tendrá un "impacto local significativo" y señala que es "muy probable" que los residentes de las áreas afectadas experimenten alteraciones en su bienestar. El informe también aborda los riesgos asociados a posibles incendios o explosiones y la necesidad de adoptar medidas preventivas.

La evaluación ambiental, por su parte, exige controles sobre partículas y ruido durante las fases de construcción y funcionamiento y establece medidas específicas para evitar que los olores generados por la actividad provoquen molestias significativas, incluyendo la posibilidad de realizar un estudio olfatométrico cuando sea necesario.

Estos informes no implican por sí mismos la prohibición de la instalación, pero forman parte del conjunto de condicionantes que la autorización energética obliga a cumplir. La resolución señala expresamente que deberán atenderse las observaciones y recomendaciones de Salud Pública para proteger la salud, el bienestar de las personas y el medio ambiente.

Zona en la que se plantea la polémica planta de biogás en La Atalaya, Guía / AH

Gáldar cuestiona la fragmentación

El Ayuntamiento ya había presentado alegaciones en octubre de 2025 y volvió a intervenir en el procedimiento de la autorización energética en febrero de 2026. En sus escritos denunció que la planta de biogás, el sistema de compostaje, la nueva cogeneración y la instalación eólica existente debían analizarse conjuntamente para valorar sus efectos acumulativos y sinérgicos.

En abril, Gáldar volvió a presentar alegaciones después de conocer la respuesta de la promotora. El expediente recoge que el Ayuntamiento insistió entonces en que no se había realizado una evaluación integral del conjunto de instalaciones.

La posición de la Administración autonómica vuelve a ser distinta en este punto. La resolución considera que el informe ambiental de marzo de 2025 comprende las instalaciones incluidas en el proyecto autorizado y señala que ya existen pronunciamientos administrativos firmes sobre determinadas cuestiones ambientales.

Guía ya denegó la licencia

El conflicto tiene además otra pieza administrativa. El Ayuntamiento de Santa María de Guía denegó el 26 de febrero de 2026 la licencia solicitada por Conagrican para construir la planta, después de recibir informes desfavorables de sus servicios técnicos y jurídicos.

La propia resolución energética recuerda que su autorización se concede sin perjuicio de la licencia municipal y del resto de permisos y acuerdos que sean necesarios. Por tanto, el permiso autonómico para la instalación de generación no equivale por sí solo a autorización para ejecutar todo el proyecto industrial.

El nuevo recurso presentado por Gáldar añade ahora otro frente a la tramitación: el Consistorio solicita que se deje sin efecto la autorización energética o, subsidiariamente, que se retrotraiga el procedimiento para acreditar de forma expresa la correspondencia entre el proyecto ambientalmente evaluado y el finalmente autorizado.

La resolución de Energía no pone fin a la vía administrativa y establece que puede recurrirse en alzada ante la Viceconsejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía.

Añadir AtlánticoHoy como fuente preferida de Google de forma gratuita

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora