Madrugada. Unos gritos hacen crujir la tranquilidad de la noche. El jaleo rompe la tranquilidad del vecindario. Es una pelea. Una más en el mismo —y conflictivo— lugar de siempre: La Pequeña Habana, una discoteca situada en el número 45 de la calle Fernando Guanarteme y que desde hace años se ha convertido en una pesadilla para todos los residentes de la Plazoleta Farray y alrededores. El problema, después de acumular broncas, intervenciones policiales, quejas y denuncias, parece estar cerca de desenredarse: El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha ordenado la paralización de la actividad del local nocturno.
El consistorio capitalino ha tomado esa decisión después de que el responsable del establecimiento no presentara la documentación técnica exigida para acreditar que había corregido varias deficiencias relacionadas con la seguridad del local. La resolución municipal, fechada este jueves 8 de octubre, concede un plazo de dos días para detener la actividad y advierte expresamente de que, en caso de incumplimiento, se procederá al precinto.
Procedimiento administrativo
La decisión de la Dirección General de Edificación y Actividades pone fin, por ahora, a un procedimiento administrativo que se remonta al menos al pasado mes de julio. El expediente identifica tres cuestiones que motivaron la denuncia: el funcionamiento de las luces de emergencia, las condiciones de la puerta de evacuación y la ausencia del cartel obligatorio que informa sobre el aforo máximo autorizado. El responsable de la discoteca, Carlos Eliecer Genes Marrogo, aseguró haber corregido esos problemas, pero no aportó el certificado técnico que le reclamó el Ayuntamiento.
La orden de paralización no se fundamenta en una nueva inspección que confirme que las deficiencias persisten, sino en la falta de acreditación documental de las medidas correctoras. Esa diferencia resulta relevante porque el expediente recoge que el establecimiento comunicó al ayuntamiento que había subsanado las irregularidades, aunque los medios utilizados para justificarlo no fueron aceptados por los servicios municipales.
Denuncia por seguridad
El procedimiento tiene su origen en una denuncia presentada por un vecino contra La Pequeña Habana. El escrito puso el foco en tres elementos especialmente sensibles para el funcionamiento de un establecimiento de ocio nocturno: las luces destinadas a facilitar la evacuación en caso de emergencia, la puerta de salida y la información pública sobre el número máximo de personas que pueden permanecer en el interior.
El 3 de julio de 2026, el responsable de la actividad presentó un escrito en el que afirmaba que la puerta de emergencia había sido adecuada a la normativa aplicable, que las luces de emergencia y la señalización de salida funcionaban correctamente y que el cartel de aforo ya estaba colocado en un lugar visible para los clientes. Para respaldar esas afirmaciones aportó varios vídeos.
Sin embargo, el ayuntamiento consideró que las grabaciones no eran suficientes para acreditar el cumplimiento de las condiciones exigibles. Por ese motivo, el 6 de agosto dictó la resolución número 27636/2026, mediante la que concedió al responsable de la discoteca un plazo de 15 días para presentar un certificado firmado por un técnico competente. La documentación debía confirmar que las actuaciones descritas en el escrito de julio se habían ejecutado correctamente.
Sin certificado técnico
El plazo transcurrió sin que el ayuntamiento recibiera el documento solicitado. Así lo constató un técnico superior de Administración General del Servicio de Edificación y Actividades, en un informe fechado el 29 de septiembre. El funcionario examinó la tramitación del expediente y concluyó que el responsable de la actividad no había atendido el requerimiento municipal.
La conclusión del informe fue determinante para la resolución posterior. El técnico propuso que se exigiera la paralización de la actividad en un plazo de dos días y que se advirtiera al responsable de la posibilidad de precintar el establecimiento si desobedecía la orden. La propuesta se apoyó en la Ley 7/2011, de actividades clasificadas y espectáculos públicos, así como en la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
El informe recuerda que disponer de una licencia de apertura no libera al titular de un establecimiento de cumplir permanentemente las condiciones que permitieron autorizar su funcionamiento. La Administración conserva las facultades de inspección y control durante toda la vida de la actividad y puede exigir medidas correctoras cuando resulte necesario para proteger el interés público.
Años de quejas vecinales
La Pequeña Habana arrastra un historial de conflictos con parte del vecindario de la Plazoleta Farray y su entorno. Las protestas por el ruido nocturno, las peleas y los altercados en la vía pública ya habían alcanzado una notable repercusión en agosto de 2018, cuando los residentes denunciaron públicamente las dificultades para descansar y reclamaron una mayor intervención de las autoridades.
Aquellas quejas desembocaron en la creación de una plataforma vecinal que difundía vídeos de los incidentes y trasladaba sus reclamaciones al Ayuntamiento. Los afectados sostenían que las molestias no se limitaban a las noches de los fines de semana y señalaban directamente a La Pequeña Habana como uno de los principales focos de los problemas de convivencia en la zona. Las protestas llegaron incluso a los programas de televisión nacionales, que recogieron testimonios de residentes sobre las peleas y los altercados que presenciaban desde sus viviendas.
Acta policial
En agosto de aquel año, la Policía Local y la Policía Nacional desarrollaron un operativo conjunto en el entorno de la discoteca relacionado con el consumo y la venta de drogas, las alteraciones del orden público y los ruidos en la calle. La intervención también dio lugar al levantamiento de un acta al establecimiento por varias deficiencias en materia de espectáculos públicos. La Policía Local anunció entonces que intensificaría su presencia en el barrio ante las reclamaciones vecinales.
Estos antecedentes permiten situar la actual resolución en el contexto de un conflicto de convivencia que viene de lejos, aunque conviene distinguir las causas. Las denuncias de 2018 estaban relacionadas principalmente con las molestias y los incidentes en el exterior del establecimiento. El expediente que ahora desemboca en la orden de paralización se refiere, en cambio, a las condiciones de seguridad de la discoteca y a la falta de documentación técnica para acreditar su corrección.
Orden de paralización
La resolución municipal lleva el número 35392/2026 y corresponde al expediente DEN-2026/2250. Fue dictada por la Dirección General de Edificación y Actividades, y cuenta con la intervención del jefe del Servicio de Edificación y Actividades y del oficial mayor.
El ayuntamiento fundamenta su decisión en la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos, y en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de noviembre de 2001. Esta última establece que las licencias de funcionamiento generan una relación permanente entre la Administración y el titular de la actividad, de manera que el cumplimiento de las condiciones de seguridad puede ser supervisado y exigido en cualquier momento.
El decreto obliga a Carlos Eliecer Genes Marrogo a paralizar la actividad en dos días y advierte del precinto si no atiende el requerimiento. El documento no permite determinar si el establecimiento ha recibido ya la notificación ni, por tanto, fijar con exactitud cuándo vencerá el plazo. Tampoco acredita que el cierre se haya ejecutado o que los servicios municipales hayan procedido al precinto.
Posibilidad de recurso
La resolución pone fin a la vía administrativa, aunque el responsable de La Pequeña Habana conserva el derecho a impugnarla. Puede presentar un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano municipal en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación o acudir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.
Si opta por la reposición, el ayuntamiento dispone de un mes para resolverla y notificar su decisión. Transcurrido ese periodo sin respuesta expresa, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo, con la posibilidad de acudir posteriormente a los tribunales en los términos recogidos en el decreto.
La orden tampoco establece un cierre definitivo ni fija las condiciones concretas para una eventual reapertura. Lo que exige es la paralización de la actividad y advierte de una intervención municipal más contundente si el responsable no cumple. La Pequeña Habana queda así ante una resolución que afecta directamente a su funcionamiento, después de un expediente iniciado por cuestiones de seguridad y con el antecedente de años de protestas vecinales en uno de los enclaves de ocio nocturno más conocidos de Las Palmas de Gran Canaria.
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