Pleno ordinario del mes de enero del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. / AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Pleno ordinario del mes de enero del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. / AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

La doble moral de un letrado municipal: trabajó sin permiso para el despacho que asesoraba a Setién

Alejandro García fue suspendido de empleo y sueldo por compaginar la defensa del Ayuntamiento de Las Palmas con San Telmo Abogados. Es el bufete al que recurría el principal investigado del 'caso Valka' para sus gestiones urbanísticas

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha respaldado con total firmeza la sanción disciplinaria impuesta por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria al letrado de su asesoría jurídica Alejandro Manuel García Martín. La Sala de lo Social ha desestimado el recurso de suplicación del trabajador, confirmando la suspensión de empleo y sueldo de tres años por una falta muy grave de incompatibilidad al ejercer la abogacía privada de forma simultánea a sus funciones públicas.

La sentencia es del 30 de noviembre de 2023 y confirma otra dictada por el Juzgado de lo Social número 10 en agosto de 2022, pero adquiere mayor relevancia pública ahora, tras revelar la Guardia Civil los vínculos entre el principal investigado del caso Valka y el despacho para el que trabajaba García. Se trata de San Telmo Abogados, un bufete fundado en 2014 por Antonio Sánchez Tetares, exdirector de los servicios jurídicos municipales.

Sánchez Tetares es a quien recurre José Manuel Setién, ex coordinador de Urbanismo e imputado en Valka, para tratar los asuntos urbanísticos de Felipe Guerra, un empresario al que la Guardia Civil considera principal beneficiado en la trama de información privilegiada bajo investigación.

Maraña de intereses

Según los mensajes y los correos analizados por los agentes, la cúpula de la Sociedad Municipal de Gestión Urbanística (Geursa) montó una infraestructura para facilitar el acceso de Setién a las bases de datos municipales tras jubilarse, propiciando una red de asesoramiento técnico "en la sombra" enfocada a facilitar negocios privados.

Sánchez Tetares fue secretario de Geursa hasta 2015. Un año antes fundó San Telmo Abogados, despacho especializado en derecho urbanístico, administrativo y tributario en el que también comenzó a trabajar el letrado municipal Alejandro García: el problema es que carecía de compatibilidad para defender al Ayuntamiento y dedicarse a la abogacía privada.

Esa grave ilegalidad la descubrió en 2018 la entonces directora de la Asesoría Jurídica, Felicitas Benítez, que interpuso varias denuncias para corregir la situación, abriéndose una batalla interna que derivó en su cese en 2023 y supuso la suspensión de García confirmada luego por el TSJC.

La investigación interna destapó que el letrado municipal consolidó su posición en la esfera privada mediante la adquisición de un paquete de acciones de la sociedad profesional San Telmo Abogados y Economistas SLP, tal y como publicó el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) el 11 de septiembre de 2018.

Dichas participaciones fueron transmitidas de manera directa por Lorenzo Sánchez Iglesias, también abogado municipal e hijo de Sánchez Tetares, un histórico de la corporación local que ejerció durante más de 30 años como letrado y fue máximo responsable de la propia Asesoría Jurídica hasta 2009.

Acciones, vínculos familiares y Lexnet

La sentencia describe un escenario de gestión paralela e intereses cruzados que la Inspección de Servicios comenzó a escrutar a finales de 2018. García Martín, con una antigüedad en el Consistorio que se remonta a mayo de 1996, venía percibiendo complementos retributivos específicos que incluían de forma expresa el componente de incompatibilidad.

A pesar de cobrar fondos públicos destinados a garantizar su exclusividad, el abogado formalizó el 20 de junio de 2017 su nombramiento de forma indefinida como socio profesional de San Telmo Abogados, adquiriendo un paquete de 167 participaciones sociales. Los estatutos de dicha mercantil obligaban de manera explícita a los socios a "realizar prestaciones accesorias a favor de la sociedad" bajo apercibimiento de exclusión inmediata si no ejercían de forma efectiva la actividad profesional.

La gravedad del flujo de intereses radica en el acceso a las plataformas oficiales para pleitear en los juzgados. En su pliego de descargo ante el Ayuntamiento, el propio letrado reconoció que estaba habilitado para la presentación de escritos judiciales y la recepción de notificaciones procesales en Lexnet. El sistema informático lo tenía autorizado con un doble rol simultáneo: operaba a la vez como letrado de la Asesoría Jurídica y como abogado particular, todo ello "a la vista, ciencia y paciencia de la Administración", expuso en sus alegaciones.

Coste de oportunidad y riesgo de colisión

La sentencia tumba de forma contundente la línea de defensa del recurrente, quien alegaba que su actividad privada se limitaba al ámbito mercantil, que era "inocua" y que no interfería con su horario de oficina.

El tribunal fundamenta la ratificación de la incompatibilidad en varios criterios jurídicos. Entre ellos destaca que la actuación de un abogado no se reduce a la comparecencia física en los tribunales y la celebración de vistas. De acuerdo con el Estatuto General de la Abogacía, la consulta, el consejo, el asesoramiento técnico y la emisión de dictámenes configuran actos propios del ejercicio privado de la profesión.

Desde el punto de vista de la confidencialidad y la información privilegiada, el fallo también subraya el peligro de que un abogado de la Corporación tenga acceso a "base de datos, consulta de registros e información no pública y contactos". Dichos privilegios funcionales e internos, manejados desde un despacho privado, entran en colisión directa con los intereses del propio Ayuntamiento y del resto de las administraciones públicas.

El tribunal añade, a modo de ejemplo, que García Martín ostentó de forma continuada la dirección letrada en los procesos de ejecución de entidades financieras como Bankia y Banco Financiero y de Ahorros SA entre los ejercicios de 2016 y 2019. Los jueces aclaran que la ley exige de manera obligatoria el reconocimiento previo del Pleno de la Corporación, y que la mera inobservancia de este requisito de autorización ya es motivo de sanción disciplinaria, al margen del porcentaje que represente el complemento sobre sus retribuciones básicas.

En su momento también se le abrió expediente al funcionario de carrera Antonio Ramón Balmaseda por permitir el doble papel de García sin autorización plenaria, pero la posible infracción fue archivada al considerarse prescrita. Este respondió con una querella contra Felicitas Benítez y otros cargos municipales, pero fue rechazada y la Audiencia de Las  Palmas confirmó el archivo en mayo del año pasado.

Reincorporación y vuelta a empezar

A pesar de las contundentes conclusiones judiciales, que desestimaron en su integridad las pretensiones de Alejandro García, la situación del letrado municipal experimentó un vuelco definitivo a finales de 2023, una vez extinguida la vía sancionadora.

Tras cumplir la suspensión de empleo y sueldo, el letrado se ha reincorporado a su puesto en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Según fuentes municipales, el Pleno de la Corporación le ha concedido formalmente el reconocimiento expreso de la compatibilidad, regularizando así de manera oficial la duplicidad de funciones que mantuvo al empleado público en el centro de las sospechas de la Inspección de Servicios.