El TS confirma la condena de Dimas Martín, expresidente del Cabildo de Lanzarote

Dimas Martín fue investigado por asociación ilícita, cohecho, malversación, fraude y prevaricación

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Dimas Martín, fundador del Partido de Independientes Lanzarote.  EFE
Dimas Martín, fundador del Partido de Independientes Lanzarote. EFE

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena para Dimas Martín, expresidente del Cabildo de Lanzarote y fundador del Partido de independientes de Lanzarote (PIL). La pena impuesta es de 7 años y 5 meses de prisión para el director de un delito de asociación ilítica, delito continuado de malversación de caudales públicos de especial gravedad en concurso real con fraude, prevaricación, y delito continuado de cohecho.

Otros tres condenados presentaron recursos de casación que también han sido desestimados por parte del Supremo. Recurrieron sus condenas el concejal de Barrios y Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Arrecife (Lanzarote) por el PIL en el tiempo de los hechos juzgados, Antonio Jerónimo Machín Ramos, condenado a 8 años de prisión por cohecho, malversación, prevaricación, fraude y falsedad en documento mercantil, y el administrador de una empresa de construcciones y reparaciones Manuel Gregorio Reina Fabré, condenado a 2 años y medio de prisión por cohecho, malversación, fraude y falsedad. 

Los hechos

Los hechos se remontan al periodo entre 2007 y 2008, cuando Dimas Martín junto a los concejales acusados ejercieron decisiones que "eran de la exclusiva competencia de los Concejales citados, quienes siguieron las órdenes recibidas de D Dimas, directrices que tenían única finalidad lograr beneficios bien económicos, bien de otra índole, así como conseguir una irregular fuente de ingresos para el PIL, afán de lucro personal que igualmente guiaba la actuación de D José Miguel Rodríguez, D Ubaldo Becerra y D Matías Curbelo en el cumplimiento de las órdenes recibidas".

Según relatan los hechos probados de la sentencia confirmada, estos cuatro acusados “se confabularon para solicitar comisiones a distintos empresarios, a los que se suponía afines al PIL, bien para que les fueran adjudicadas obras, bien para el cobro de los servicios ya ejecutados, valiéndose unos (Los Concejales acusados D José Miguel y D Ubaldo) de los cargos públicos que ostentaban, otro (D Matías) de la función que ostentaba en el PIL y el último (D Dimas) de la ascendencia que tenía sobre todos ellos. Logrando de esta manera los cuatro acusados beneficios para si mismos y para el partido”. “Se declara probado que, siguiendo las órdenes recibidas del acusado D Dimas Martín, los Concejales D José Migue Rodríguez (receptor de la mayor parte de las mismas) y D Ubaldo Becerra, así como el Tesorero D Matías Curbelo (quién incluso afirmó haber llevado una contabilidad paralela del PIL) se encargaron de la recaudación del metálico proviniente de las comisiones, pago de comisiones al que se aquietaban los empresarios previa negociación con los Concejales acusados”, dice la sentencia.

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