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Política

Nueva Canarias estrena la nueva política de comunicación del Tribunal de Cuentas con los partidos

El tribunal emitió un comunicado anunciado la sanción al partido, una información que hasta ahora se había negado a revelar en otros casos

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Román Rodríguez, presidente de Nueva Canarias. / EFE

Verano para olvidar en Nueva Canarias. Primero se enteró de que llevaba un año fuera del Registro de Partidos Políticos. Y ahora ha sido sancionado por no presentar sus cuentas. El Tribunal de Cuentas anunció este viernes una multa al partido nacionalista por no cumplir con sus obligaciones en los años 2018 y 2019. La sanción, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, implica una multa puede alcanzar los 100.000 euros.

Este procedimiento es diferente al que acabó con el partido siendo borrado del registro. Aunque al principio hubo confusión y se pensó que la causa era también no haber presentado sus cuentas, el origen estuvo en el retraso en la adaptación de sus estatutos. Eso provocó la apertura de un proceso que desembocó en una sentencia de la Audiencia Nacional que ordenaba el borrado del partido, que hace unas semanas volvió a inscribirse con el nombre de Nueva Canarias-Bloque Canarista. Una de las consecuencias ha sido que el Ministerio del Interior ha retenido la subvención trimestral de 23.000 que recibía el partido por los resultados de las elecciones de 2019.

Un comunicado inédito

Lo que no originó la sentencia de 2021 que lo borraba del registro sí ha sido la causa de una sanción inédita a un partido, según informó EFE. Y tan novedosa como la multa es la manera en que se ha conocido. Hasta ahora, el Tribunal de Cuentas se negaba a facilitar la identidad de los partidos a los que sancionaba en su labor fiscalizadora.

Que existen sanciones a partidos políticos por parte del Tribunal de Cuentas no es ningún secreto. Este órgano es el encargado de fiscalizar sus cuentas y de imponer multas en caso de que incumplan las obligaciones que impone la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

En sus informes anuales, el tribunal incluye un apartado titulado Procedimientos sancionadores a partidos políticos en el que da pocos detalles: los procedimientos resueltos, la procedencia de esos procedimientos y el importe total de las sanciones. En agosto de 2021, preguntado por los partidos a los que correspondían las sanciones de 2020 y la cuantía por la que se les había multado, un portavoz del Tribunal de Cuentas respondió a Newtral que "esa información no se puede hacer pública".

Pero este viernes, el propio tribunal emitió un comunicado anunciando la sanción a Nueva Canarias, y además detalló el artículo de la ley de financiación de partidos infringido, por lo que también se pudo saber la horquilla de la multa.

Carmelo Ramírez, secretario de Organización de Nueva Canarias. / Archivo

Cambio de estrageia de comunicación

¿Qué ha cambiado? Legalmente, nada. Fuentes del Tribunal de Cuentas explican que esto se debe a un cambio en la política de comunicación tras la renovación del pleno el año pasado y la llegada a la presidencia de Enriqueta Chicano. La alta demanda de información sobre partidos políticos por parte de medios de comunicación ha provocado esta apertura del tribunal. Las mismas fuentes explican que a partir de ahora se dará publicidad a otros casos similares al de Nueva Canarias.

A donde no llega esa transparencia es a la publicidad de las resoluciones. Atlántico Hoy solicitó la resolución de la sanción al partido nacionalista, pero el Tribunal de Cuentas se negó a facilitarlo. "No se hace público el documento con la resolución sancionadora (...) que se notifica individualmente al partido político, para preservar su privacidad", fue su respuesta.

Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y experto en transparencia, opina que la resolución sí debería ser accesible. "El propio Tribunal de Cuentas publica la sanción impuesta a un partido político. Si a raíz de dicha noticia, alguien solicita acceder a la resolución sancionadora, el tribunal no puede ir contra sus propios actos para impedir dicho acceso, considerando como confidencialidad lo que el mismo Tribunal ha hecho ya público", explica. 

"Ni la Ley de Transparencia ni la Ley de protección de datos personales ni la Ley sobre financiación de los partidos políticos contienen alguna limitación que impida el acceso a dicha resolución sancionadora", añade.

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