La acusación popular del caso Las Teresitas cree que el cambio de código no beneficia a condenados

En un comunicado la asociación Justicia y Sociedad anuncia que se opondrá a toda petición de revisión de las penas que soliciten las defensas

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El antiguo mamotreto de Las Teresitas./
El antiguo mamotreto de Las Teresitas./

La acusación popular en el caso de Las Teresitas ha asegurado que la reciente reforma del código penal no beneficia a los condenados en el juicio, porque es "un pelotazo de manual" en el que hubo apropiación de patrimonio público con ánimo de lucro, salvo que se considere que la sociedad constituida por los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González "era una ONG".

En un comunicado la asociación Justicia y Sociedad, que ejerció la acción popular en el juicio, anuncia que se opondrá a toda petición de revisión de las penas que soliciten las defensas de los condenados.

De momento no se ha anunciado ninguna petición de revisión de penas por parte de los condenados y la defensa del exalcalde de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo, ha descartado esa posibilidad al considerar que la reforma del delito de malversación en el código penal no afecta al caso de Las Teresitas.

Reforma no aplicable

La acusación popular coincide con este criterio del abogado Pedro Revilla y sostiene que esa reforma no es aplicable a ninguno de los condenados por este caso, puesto que solo se rebajan las penas de malversación de fondos públicos cuando no hay ánimo de lucro.

"El exalcalde de Santa Cruz Miguel Zerolo y el exconcejal de Urbanismo Manuel Parejo fueron condenados como autores de un delito de malversación de caudales y otro de prevaricación al permitir con esta operación que los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González, a través de Inversiones Las Teresitas, S.L. (ILT), se apropiaran de patrimonio público concurriendo en ellos un evidente ánimo de lucro", recuerda Justicia y Sociedad en un comunicado.

"Plasencia y González fueron condenados por esos mismos delitos como cooperadores necesarios, al igual que los funcionarios Juan Víctor Reyes y José Tomás Martín", agrega la nota, y recuerda que las penas siguen siendo las mismas para quienes "con ánimo de lucro se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie de patrimonio público".

Evidente ánimo de lucro

Para la acusación popular, "en el caso de Las Teresitas es evidente tanto la apropiación de patrimonio público como el ánimo de lucro salvo que se venga a sostener ahora que ILT era una ONG, y los señores Plasencia y González unos voluntarios cooperantes con vocación misionera".

En su comunicado, la acusación recuerda que la operación de Las Teresitas fue calificada por la Fiscalía como un "pelotazo de manual" en el que el Ayuntamiento de Santa Cruz compró por 52 millones de euros el frente de la playa cuando su valor tasado no excedía de 20 millones, además de que parte de las parcelas ya habían sido adquiridas por el Ayuntamiento en virtud de convenios anteriores, de manera que se pagó por terrenos que ya eran de titularidad municipal.

Además, parte de las parcelas del frente de playa eran de dominio público marítimo terrestre o afectadas por su servidumbre de protección, con lo cual se pagó siendo ya públicos.

Aprovechamientos urbanísticos

También se transfirieron aprovechamientos urbanísticos del frente de la playa al Valle de Las Huertas, propiedad de los empresarios, y se recalificó la parte trasera, también de Plasencia y González, pasando de uso turístico, cuyo desarrollo ya no era viable legalmente, a residencial.

La reforma de la malversación con la que se rebajan penas es para quienes sin ánimo de apropiación, destinen a uso privado bienes públicos que tengan a su cargo y para los que den al patrimonio público que administren una aplicación pública distinta a la prevista, lo cual no ocurrió en el caso de Las Teresitas. 

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