El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado inicialmente una modificación del Plan General de Ordenación (PGOU-05) para regularizar urbanísticamente las obras de reforma y ampliación del Palacio Municipal de Deportes, una actuación que quedó sin encaje en el planeamiento vigente tras la anulación judicial del Plan General de 2013.
La medida forma parte de la Modificación Menor nº 1 del PGOU-05, actualmente en fase de información pública. Aunque el expediente incluye numerosos ajustes técnicos, correcciones normativas y reconocimientos de suelos ya urbanizados, uno de sus puntos centrales es la incorporación definitiva al planeamiento de la ordenación aprobada de forma provisional en 2022 para desbloquear el proyecto del Palacio de Deportes.
El proyecto GO Fit
Este proyecto forma parte de una gran actuación sobre la manzana deportiva de Tomé Cano impulsada por el Ayuntamiento de Santa Cruz mediante una concesión adjudicada a GO Fit. La iniciativa contemplaba la modernización del histórico pabellón Quico Cabrera, la creación de nuevas instalaciones deportivas y la reorganización completa del ámbito para convertirlo en uno de los principales complejos deportivos de la capital.
La concesión fue adjudicada en 2018 y atribuía a la empresa la redacción del proyecto, su financiación, construcción, explotación y mantenimiento. La actuación preveía una inversión multimillonaria destinada a renovar unas instalaciones que llevaban años reclamando una actualización profunda y a ampliar significativamente la oferta deportiva municipal.
Uno de los hitos más visibles del proyecto fue el derribo del conocido como mamotreto de Tomé Cano, un edificio inacabado que ocupaba parte de la parcela. Su demolición permitió liberar espacio para la nueva ordenación del complejo, que incorporaba nuevas superficies deportivas, servicios complementarios, aparcamientos y espacios destinados a los usuarios del futuro centro. Pero el camino ha sido complicado por varios reveses judiciales.
El contrato con GO Fit fue adjudicado el 17 de septiembre de 2018. Sin embargo, la adjudicación fue recurrida ante el Tribunal Administrativo de Contratos de Canarias. Finalmente, una sentencia de marzo de 2021 ratificó el acuerdo municipal por el que se adjudicó la concesión.
Pero para entonces, el escenario urbanístico había cambiado por completo. El 27 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el acuerdo que tomó conocimiento de la sentencia que declaró nulo el Plan General de Ordenación de 2013. Esa anulación hizo que perdiera vigencia el PGO-13 y recobrara aplicación el PGOU-05, una adaptación básica del antiguo planeamiento de 1992.
El problema, según la memoria, es que el proyecto del Palacio se había tramitado sobre la base del PGO-13, que permitía una tipología dotacional más flexible para este tipo de instalaciones. Al volver a aplicarse el PGOU-05, la parcela del Palacio Municipal de Deportes seguía clasificada como Sistema General de Parque Deportivo, dentro del ámbito SGPD-1.
Esa calificación no respondía a la realidad del recinto. El PGOU-05 trataba el Palacio como si formara parte de un espacio libre deportivo, una categoría pensada para áreas arboladas destinadas básicamente al deporte al aire libre. Además, esa regulación limitaba la edificación cerrada al 10% de la superficie del parque.
Por esta razón, explica la memoria de la modificación, los parámetros urbanísticos del PGOU-05 no amparaban la operación de reforma y ampliación contratada. También señala que el plan ni siquiera reconocía el carácter principal de equipamiento deportivo de una parcela donde el Palacio ya estaba construido, al mantenerla como parque deportivo y someterla a una ocupación máxima del 10%.
Para salvar esa situación, el Pleno aprobó el 27 de mayo de 2022 la Ordenanza Provisional para la Ordenación del Palacio Municipal de Deportes. Esa ordenanza permitió modificar provisionalmente la calificación de la parcela y su entorno, aunque fue recurrida ante la jurisdicción contencioso-administrativa por no haberse sometido a evaluación ambiental estratégica.
Ahora, el Ayuntamiento incorpora el contenido de esa ordenanza al PGOU-05 mediante la Modificación Menor nº 1, sometiéndola ya al procedimiento ambiental y urbanístico ordinario.
El cambio consiste en separar la parcela del Palacio del gran ámbito SGPD-1, que hasta ahora incluía también el estadio Heliodoro Rodríguez López, el campo municipal Juan Santamaría, viarios públicos y aparcamientos.
La memoria justifica la modificación por el interés general de adaptar el planeamiento a la realidad y a la necesidad de que Santa Cruz siga contando con un equipamiento deportivo de sistema general, con instalaciones acordes a la entidad de la ciudad. El documento recuerda que la actuación “lleva gestándose desde 2002” y que “fraguó en el año 2018” con la adjudicación del contrato, aunque se vio retrasada por vicisitudes judiciales.
La regularización no afecta solo al Palacio
La modificación aprovecha también para corregir la calificación de otros grandes equipamientos deportivos de la ciudad que aparec mal clasificados en el PGOU-05.
Según la memoria, existen instalaciones deportivas municipales e insulares que, por sus dimensiones y repercusión, constituyen sistemas generales, pero que siguen calificadas erróneamente como parques deportivos o parques urbanos. El documento sostiene que estos espacios no cumplen los requisitos para ser considerados espacios libres, porque fueron diseñados e implantados como equipamientos deportivos y, en algunos casos, tienen relevancia no solo municipal sino insular.
Entre los ámbitos afectados figuran el estadio Heliodoro Rodríguez López y el campo municipal Juan Santamaría, que hasta ahora compartían el ámbito SGPD-1 con el Palacio de Deportes; la Piscina Acidalio Lorenzo, la Finca Don Bruno, el centro deportivo de Tíncer, el polideportivo Las Delicias, el de La Salud y el ámbito Somosierra/Gladiolos.