El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSCJ) ha anulado la Nueva Ordenanza de Movilidad y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, tras estimar íntegramente el recurso contencioso interpuesto por la Asociación de Vecinos Urban Centro “El Perenquén”.
Sin embargo, los servicios júridicos del Ayuntamiento aseguran a Atlántico Hoy que la norma serguirá vigente al menos durante los 30 días de plazo que tienen para presentar el recurso de casación y, después, el Tribunal Supremo "tiene dos opciones: si lo admite a trámite, sigue vigente, y si no, se vuelve a la normativa anterior, que es de 1985", dicen desde el Consistorio.
Nulo de pleno derecho
La sentencia, fechada el 12 de marzo de 2025, declara que el texto que había sido aprobado por el Consistorio capitalino y llevaba vigente desde el 9 de febrero de 2024 es “nulo de pleno derecho”, al carecer de una memoria de análisis de impacto normativo válida, requisito imprescindible según la legislación estatal. “Habrá de considerarse a todos los efectos como si nunca hubiera existido”, señala la sentencia a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy.
La ordenanza, que lleva poco más de un año en vigor, había sido aprobada definitivamente en enero de 2024 y había introducido regulaciones específicas para el uso de vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos o bicicletas.
Segunda vez
No es la primera vez que una normativa de estas características se ve frenada por la justicia. En 2021, el TSJC también declaró nula la Ordenanza de Circulación y Movilidad aprobada en el municipio al final del anterior mandato, en junio de 2019.
En aquella ocasión, el motivo de la anulación fue "haber obviado el preceptivo trámite de pedir un dictamen a la comisión informativa". El alto tribunal dio la razón a la Asociación El Perenquén, que llevó el caso a los tribunales, y concluyó que la corporación local incurrió en un “vicio de nulidad absoluta” al aprobar la normativa. En ambas ocasiones la justicia ha condenado al Consistorio a pagar las costas.
PGO desactualizado
La ciudad de Santa Cruz tampoco cuenta con un Plan General de Ordenación (PGO) actualizado: tras aprobarse el último en 2013 y tras solo cuatro años en vigor, el TSJC lo anuló, y la ciudad recuperó así el aprobado en 2005, que era, en realidad, una adaptación básica del de 1992.
En esa ocasión, el motivo fue no contar con una evaluación ambiental. La sentencia respondió a un recurso de la empresa Puzolana y Áridos de Tenerife, que se oponía a la expropiación de sus terrenos junto al Hospital de La Candelaria, destinados a aparcamientos, y denunciaba la ausencia de un informe de sostenibilidad ambiental, lo que provocó la nulidad del documento.
