Santa Cruz de Tenerife ya tiene el marco jurídico para poner en marcha su Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Después de que hace un mes el Pleno municipal aprobara la ordenanza que regulará el acceso, la circulación y el estacionamiento dentro del área delimitada por el Ayuntamiento, la norma aparece publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y convierte en regulación municipal un proyecto que la ciudad lleva varios años preparando.
El objetivo declarado es mejorar la calidad del aire, reducir el ruido asociado al tráfico y limitar las emisiones contaminantes, pero su aplicación tendrá también una consecuencia muy concreta para la ciudadanía ya que no todos los vehículos podrán entrar, circular o estacionar en la ZBE en las mismas condiciones.
La contaminación que justifica la medida
La ordenanza se apoya en los datos incorporados a la memoria de impacto normativo. Según el documento, durante 2024 las estaciones de medición de la avenida Marítima y la Rambla de Santa Cruz registraron valores medios anuales de dióxido de nitrógeno de 44 microgramos por metro cúbico, por encima del valor límite anual establecido por la normativa vigente.
El expediente también recoge 14 superaciones del valor diario de partículas PM10, frente al máximo legal de 35 días al año. El Ayuntamiento incluye además el seguimiento de las partículas finas PM2,5, consideradas especialmente relevantes desde el punto de vista de la salud pública.
La ZBE se presenta así como una medida ambiental, pero su funcionamiento se medirá en las calles. En los accesos habrá señalización vertical y horizontal para advertir de la entrada en el área restringida, con señales de aproximación, indicaciones en el punto de acceso y marcas identificativas en el pavimento.
Coches sin etiqueta, en el punto de mira
El criterio utilizado será el sistema estatal de distintivos ambientales. Los vehículos clasificados como A o sin distintivo serán considerados los de mayor potencial contaminante a efectos de la ordenanza. Eso no significa que todos los vehículos sin etiqueta tengan prohibido el acceso en cualquier circunstancia. El texto contempla supuestos de acceso libre, registro previo y autorizaciones específicas, que deberán ajustarse a las condiciones previstas en el anexo dedicado al régimen de accesos.
La norma municipal no se limita a restringir la circulación. También regula el estacionamiento dentro de la zona, de modo que el control no dependerá únicamente de atravesar uno de los puntos de entrada, sino de las condiciones en las que cada vehículo permanezca en el área delimitada.
Una zona que no se aplicará igual a todos
La ordenanza incorpora un sistema de autorizaciones para atender situaciones que no encajan en una prohibición general. Entre los colectivos y actividades considerados figuran residentes, trabajadores, personas con movilidad reducida, servicios esenciales, labores de cuidado, actividades económicas y distribución urbana de mercancías.
En el caso de empresas, autónomos y profesionales que necesiten acceder de forma recurrente por motivos laborales, el Ayuntamiento deberá habilitar un sistema de inscripción simplificada. La regulación prevé que esa vía pueda incluir la gestión de flotas por lotes y mecanismos de actualización más ágiles para evitar la duplicidad de trámites.
Otros ajustes
También se han introducido ajustes para los titulares de actividades de distribución urbana de mercancías inscritos en el registro municipal. Estos podrán dar de alta o de baja matrículas vinculadas a su actividad siempre que acrediten la propiedad o la relación contractual con el vehículo.
La ordenanza contempla, además, autorizaciones excepcionales para necesidades vinculadas a actividades comerciales extraordinarias, montajes de campañas, obras de adecuación de locales, eventos promocionales y suministros urgentes debidamente justificados.
El comercio logra algunas modificaciones
La aprobación definitiva llega después de un periodo de información pública y de la revisión de las alegaciones presentadas por colectivos ciudadanos, organizaciones empresariales y grupos políticos.
El texto final incorpora cambios reclamados, entre otros, por CEOE Tenerife, la Asociación Zona Centro Santa Cruz, ASODISCAN, ASHOTEL y la asociación de estaciones de ITV. Las modificaciones afectan a la gestión de autorizaciones, el seguimiento de la actividad económica, los proveedores, la distribución de mercancías y determinados accesos excepcionales.
Indicadores de impacto económico
El Ayuntamiento sostiene que estos cambios no alteran el perímetro esencial de la ZBE, el modelo general de restricciones ni su finalidad ambiental. Los presenta como ajustes técnicos destinados a hacer más operativa la aplicación de la norma.
Entre las novedades figura la obligación de incluir indicadores de impacto económico y empresarial en el seguimiento de la zona. También se prevé que el informe correspondiente se publique en un espacio específico del portal municipal y que se promueva un foro de participación con los sectores afectados.
Cambios importantes, pero no inmediatos
La publicación de la ordenanza no significa que desde ese mismo momento comiencen automáticamente las sanciones. El propio expediente establece que la norma no entrará en vigor hasta que se publique íntegramente y transcurra el plazo legal de veinte días naturales, salvo que el texto disponga otro plazo.
Además, la ordenanza contempla un periodo de adaptación durante el que no se aplicará el régimen sancionador. La duración concreta y las condiciones de esa fase deben consultarse en el texto íntegro publicado en el BOP y en la información que facilite el Ayuntamiento antes de activar el control efectivo.
La implantación exigirá, por tanto, algo más que cámaras y señales. Será necesario que los conductores conozcan el perímetro, comprueben la etiqueta ambiental de sus vehículos y sepan si deben inscribirse o solicitar una autorización para acceder.
Perímetro ZBE
Una promesa de transición justa
El Ayuntamiento afirma que la aplicación de la ZBE debe evitar cargas desproporcionadas sobre las personas con menor capacidad económica. La ordenanza incorpora el principio de transición justa y prevé medidas de información, acompañamiento y facilitación de alternativas de movilidad sostenible.
La cuestión será comprobar cómo se traduce esa declaración en la vida diaria, teniendo en cuenta qué ocurrirá con quien necesita su vehículo para trabajar, con las familias que realizan tareas de cuidado, con los negocios situados dentro del área o con quienes no pueden cambiar de coche a corto plazo.
La ordenanza promete seguimiento ambiental, económico y social. También obliga a que cualquier modificación sustancial del perímetro, los horarios o las condiciones de acceso sea consultada previamente con los sectores afectados y comunicada mediante una campaña informativa con al menos 30 días naturales de antelación.
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