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El Tribunal Superior de Justicia anula la Ordenanza de Movilidad de Santa Cruz de Tenerife

El fallo considera nulo de pleno derecho el texto aprobado por el Ayuntamiento y obliga a retrotraer su efecto como si nunca hubiera existido

Álvaro Oliver / Beatriz de Vera

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la Nueva Ordenanza de Movilidad y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, tras estimar íntegramente el recurso contencioso interpuesto por la Asociación de Vecinos Urban Centro “El Perenquén”.

La sentencia, fechada el 12 de marzo de 2025, declara que el texto aprobado por el Consistorio capitalino es “nulo de pleno derecho”, al carecer de una memoria de análisis de impacto normativo válida, requisito imprescindible según la legislación estatal.

“Habrá de considerarse a todos los efectos como si nunca hubiera existido”, señala la sentencia a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, que tiene efectos retroactivos, lo que implica que la ordenanza jamás ha sido válida ni eficaz.

Una memoria vacía de contenido

El tribunal, con ponencia del magistrado Evaristo González González, concluye que el Ayuntamiento presentó un documento “de nombre” pero sin contenido técnico, que no analiza artículo por artículo la norma, ni ofrece alternativas normativas o no normativas, tal y como exige el Real Decreto 931/2017.

Entre otros aspectos, la memoria no evaluó el impacto real de las medidas propuestas, ni justificó la necesidad y proporcionalidad de cada uno de los artículos que integraban el nuevo reglamento de movilidad.

Además, la sentencia recuerda que no existe obligación legal alguna de dictar una nueva ordenanza por el hecho de que la anterior fuera anulada, como se argumentó en el expediente municipal.

Costas a pagar por el Ayuntamiento

El tribunal también condena al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife al pago de las costas judiciales, recalcando que la infracción cometida por el Consistorio afecta a la totalidad del procedimiento de elaboración de la norma.

Aunque la resolución no es firme y puede ser recurrida en casación, se trata de un golpe significativo para el grupo de gobierno municipal, que deberá ahora rehacer el texto normativo cumpliendo estrictamente los requisitos legales.

Este fallo representa un nuevo revés judicial para el área de movilidad del Ayuntamiento santacrucero, que ya vio tumbada una anterior ordenanza por motivos similares.