La Audiencia de Las Palmas excarcela a un preso tras revisar su pena por la ley del 'solo sí es sí'

Las dos audiencias provinciales de Canarias ya habían reducido las condenas a diez hombres condenados por delitos de índole sexual

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Palacio de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. /Efe
Palacio de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. /Efe

La Audiencia de Las Palmas ha ordenado la puesta en libertad de un preso condenado en febrero de 2011 a doce años de cárcel por agresión sexual con la atenuante de drogadicción, al reducir su condena a siete años como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley del "Solo sí es sí".

Las dos audiencias provinciales de Canarias ya habían reducido las condenas a diez hombres condenados por delitos de índole sexual al resultar más beneficioso para ellos la pena prevista en la reforma legal, pero hasta la fecha ello no había significado la puesta en libertad de ningún preso por este tipo de infracciones.

"No llegó a consumar su acción"

La Sala recapitula que el recluso ahora excarcelado fue condenado en 2011 (en el auto de revisión se dice por error inicialmente 2012) a 12 años de prisión por un delito de agresión sexual, a tres por un delito de lesiones y a un año por un delito de atentado a agente de la autoridad (que el Supremo rebajó a seis meses) y apunta, en cuando a la pena de 12 años, que hoy, tras la ley nueva, el delito está castigado con pena de 7 a 15 años de prisión, pero como concurre en el caso una atenuante, la pena oscilaría de 7 a 11 años, es decir, en su mitad inferior.

“Si con arreglo a la ley anterior, a la vista de la circunstancia atenuante que concurre, y que el acusado no llegó a consumar su acción culminando el acto sexual, se le impuso la pena mínima, hoy no existe razón alguna para no imponerle la mínima, siguiendo el razonamiento de la sentencia”, dice el auto que revisa la condena.

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