Un condenado por abusos sexuales en Canarias pide al Supremo una rebaja por la ley del solo sí es sí

Fue condenado a dos penas de dos y ocho años de prisión por delitos de abuso sexual a una menor ocurridos a finales de 2018

G. Díaz Medina / Darío Ojeda / Marcos Moreno

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Imagen de la fachada del Tribunal Supremo (TS) / AH
Imagen de la fachada del Tribunal Supremo (TS) / AH

Un condenado por abusos sexuales en Canarias en 2018 ha solicitado al Tribunal Supremo que revise su condena y rebaje su pena de prisión. La petición se apoya en la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del solo sí es sí, que modificó las penas de los delitos sexuales en el Código Penal. Varios tribunales están revisando casos similares, lo que ha provocado que el Gobierno se esté planteando la modificación de la ley, que lleva poco más de un mes en vigor.

Los hechos se remontan a finales de 2018, cuando el condenado abusó sexualmente en dos ocasiones de una menor de 15 años en San Bartolomé de Tirajana. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas lo condenó a dos penas prisión: una de dos años y otra de ocho años. Además, también le impuso la prohibición de acercarse a la víctima y cinco años de libertad vigilada. La sentencia fue confirmada por el Tribunal de Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Ahora, su defensa ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que pide, entre otras cosas, que se revise a la baja la segunda condena de prisión y pase de ocho a seis años.

Rebaja de ocho a seis años

"La modificación del Código Penal operada por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, ha determinado la rebaja de los umbrales penológicos de los delitos por los que nuestro defendido ha sido condenado. Así, la condena por dos delitos de abuso sexual a menores de dieciséis años, impuesta de conformidad con la redacción del artículo 183 del Código Penal anteriormente vigente, pasa ahora a quedar incardinada en el artículo 181 del Código Penal, al haberse eliminado, por mor de la precitad a Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, la referencia a los delitos de abuso sexual", dice el recurso de casación, al que ha tenido acceso Atlántico Hoy.

"Habiéndose impuesto, por tanto, la pena en la cantidad mínima permitida por el espectro penológico establecido en el anterior Código Penal, la rebaja de la pena de prisión mínima imponible, de ocho a seis años, ha de operar en sentido favorable al penado, determinando la reducción de la pena de prisión hasta los seis años, así como la consiguiente rebaja de las prohibiciones impuestas por virtud de lo dispuesto en el art. 57.1 CP", continúa.

No son los únicos argumentos del recurso de casación. La defensa también considera que la condena supuso una vulneración del derecho a la presunción de inocencia y expone que el condenado desconocía la edad de la víctima en el momento de los hechos.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, propulsora de la ley del solo sí es sí./ EFE/Nerea de Ara
La ministra de Igualdad, Irene Montero, propulsora de la ley del solo sí es sí./ EFE/Nerea de Ara

Sentencias revisadas

En los últimos días se han ido conociendo varios casos en los que la justicia ha rebajado penas con carácter retroactivo en aplicación de la nueva redacción del Código Penal, impulsada por el Ministerio de Igualdad. Hasta este miércoles se habían conocido al menos once casos de personas a las que se les ha rebajado la condena y cinco que habían sido excarceladas.

Uno de ellos es el caso de un profesor que había sido condenado a seis años y nueve meses de prisión y que fue puesto en libertad después de que los hechos que se le inculpaban hubieran sido despenalizados. La razón que esgrimió el tribunal fue que "ha sido destipificado con la reforma efectuada, de forma que el consentimiento prestado por personas mayores de 16 años no es constitutivo de delito excepto que dicho consentimiento se preste empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, que no es el caso”.

División en el Gobierno

La ministra de Igualdad, Irene Montero, niega que la nueva redacción tenga esos efectos y ha acusado a los jueces de machistas y de incumplir la ley. Desde su punto de vista, el machismo puede nublar “la imparcialidad e integridad de los sistemas de justicia”. Sin embargo, la parte socialista del Gobierno se abrió este martes a “estudiar las sentencias y el texto legal”, según la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, abogó desde la cumbre del G-20 en Bali por “unificar los criterios”. La delegada del gobierno para la violencia de género, Victoria Rosell, ha dicho que para ella “no resulta necesario modificar la ley del solo sí es sí”.

Reacción del CGPJ

La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) difundió este miércoles un comunicado en el que, sobre los hechos conocidos en los últimos días sobre la rebaja de condenas, destaó que el artículo 9.3 de la Constitución Española y del artículo 2.2 del Código Penal establecen que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena”.

El asunto ya ha generado reacciones en otras instituciones, como el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. Su presidenta, Ángeles Carmona, señaló que los jueces reciben formación en perspectiva de género antes y después de ingresar en la carrera judicial. La presidenta recordó que el Servicio de Formación del CGPJ —a cuyo comunicado también se adhiere— imparte cursos de violencia de género obligatorios “para todos aquellos integrantes de la Carrera Judicial a los que por concurso ordinario les sea adjudicada una plaza en un juzgado de violencia sobre la mujer”.

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