El PIR es de gran importancia, ya que muchas compañías aéreas no atienden a reclamaciones sobre el equipaje si los usuarios no lo presentan. Por tanto, no se debe abandonar el aeropuerto sin una copia del mismo.
Bravo! Tome el vuelo ✈️ pero ahora reclamando la maleta que nunca llego @Iberia pic.twitter.com/bUxNnb6gim
— Valeria Schapira (@valeriaschapira) July 4, 2019
Sin embargo, pasados más de dos meses desde que rellenó el PIR, Iberia aún no había dado respuesta a la reclamación de Mario, y la maleta seguía sin aparecer. El usuario decidió entonces acudir a FACUA Castilla y León para que reclamara a la aerolínea en su nombre.
La normativa aplicable para reclamar las incidencias relacionadas con el equipaje cuando se trata de vuelos nacionales es la Ley de Navegación Aérea, que establece en el artículo 98 que "el transportista responderá únicamente de la pérdida, sustracción o deterioro del equipaje que se le haya entregado para su custodia".
Vuelo IB6405 día 18/7/19 Entrega de maleta rota el asa, inservible Quien responde?@Iberia pic.twitter.com/JK8xv5idDX
— jc 🇪🇸 (@ja__camp) July 21, 2019
Las reclamaciones ante la compañía aérea por retraso o avería, según el artículo 124 de la Ley de Navegación Aérea, deberán formalizarse por escrito "dentro de los diez días siguientes al de la entrega, o a la fecha en que debió entregarse".
En el caso de los vuelos internacionales, la normativa aplicable suele ser el llamado Convenio de Montreal, un texto firmado por la gran mayoría de los Estados y la propia Unión Europea como organismo internacional que regula las compensaciones máximas por incidencias con el equipaje en los trayectos entre países firmantes, o en aquellos con destino y origen en el mismo país pero que han hecho escala en otro distinto al primero, independientemente de si han suscrito o no el convenio.
Equipaje de mano Iberia e Iberia Express: Medidas, peso, costes adicionales y objetos prohibidos. #viajeros #mochileros #viajar https://t.co/FXly5MSF6f pic.twitter.com/malc7IdSYZ
— Viaje Con Maletas (@viajeconmaletas) July 23, 2019
Este acuerdo establece un límite superior de indemnización de 1.131 DEG en el caso de daños, pérdida o retraso en la entrega del equipaje. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), además, interpretó que también se pueden reclamar daños morales por incumplimiento del contrato de transporte debido a las circunstancias anteriores. Esta última indemnización también debe estar dentro del límite total de 1.131 DEG. Como excepción, si el usuario realizó una Declaración Especial de Valor de Entrega del equipaje, podría compensarse hasta con el valor del importe declarado.