Loading...
Dos personas firmando un contrato de compraventa. / AH

¿Es discriminatorio pedir 12 años de residencia para solicitar vivienda protegida en Canarias?

Los sindicatos del inquilinas consideran que la medida, recogida en un nuevo decreto, va contra la igualdad de oportunidades, pero otras voces creen que el Archipiélago es un territorio singular y que la protección está justificada

El Gobierno de Canarias ha aprobado un nuevo decreto que regula el acceso a la vivienda pública en el Archipiélago. La norma establece que, para poder optar a una vivienda protegida, los solicitantes deben acreditar un mínimo de 12 años de residencia continuada en Canarias (o 15 de forma discontinua) y modifica el sistema de baremación de solicitudes, sustituyendo los sorteos por criterios sociales y económicos.

El Sindicato de Inquilinas de Tenerife, el Sindicato de Inquilinas de Fuerteventura y la plataforma Derecho al Techo han exigido la derogación inmediata de la norma. "Exigimos la retirada inmediata y la nulidad del nuevo decreto del Gobierno de Canarias sobre vivienda pública", dicen en un comunicado. 

Derechos reconocidos

Derecho al Techo señala que el requisito de residencia continuada es "ilegal y jurídicamente impugnable" y advierte que "un decreto no puede restringir derechos reconocidos en el Estatuto de Autonomía de Canarias, la Constitución Española ni en la normativa europea e internacional". La organización añade que el decreto "contradice y vacía de contenido el derecho a la vivienda recogido en el Estatuto de Autonomía" y podría ser motivo de nulidad.

Asimismo, critican que se hayan anunciado adjudicaciones de viviendas que, según ellos, "en realidad no existen" y consideran que la medida "desplaza el problema de la falta de vivienda pública hacia los sectores más vulnerables".

Arraigo territorial

Sin embargo, Raúl Alonso, abogado y responsable de la OCU en Tenerife, explica a Atlántico Hoy que el requisito de residencia resulta razonable ante la realidad insular. "No es discriminatorio. Somos un espacio pequeño en el cual no puede tratarse el tema poblacional igual que en la península", asegura. Añade que la norma pretende evitar que "un ciudadano, por ejemplo, europeo llegue y al día siguiente pueda hacer el trámite para solicitar una vivienda protegida".

Por su parte, Pili Puyi, del Sindicato de Inquilinas, sostiene a este periódico que la prioridad debe ser la vulnerabilidad de las personas, no su tiempo de residencia."Creemos que se tienen que tener en cuenta los criterios de vulnerabilidad y no de residencia. Las viviendas tienen que ser para quien más lo necesite, independientemente del tiempo que lleven viviendo aquí".

Vulnerabilidad y residencia

Alonso niega que la medida desproteja a las personas vulnerables: "No entiendo por qué dicen que desprotege a las personas vulnerables; el requisito de residencia no tiene nada que ver con la cualidad económica del residente. Yo puedo ser una persona absolutamente vulnerable y llevar toda la vida viviendo aquí". 

Pero Puyi plantea que la aplicación del requisito puede dejar fuera a personas con necesidades graves: "Si una persona que lleva tres años viviendo aquí se encuentra en una circunstancia de vulnerabilidad grave, ¿tiene menos derecho que una que lleve cinco años y no esté en una situación tan grave? No es lógico".

Territorio limitado

Alonso defiende la razonabilidad de fijar un tiempo mínimo, porque busca equilibrar los recursos disponibles en un territorio limitado, aunque reconoce que la cantidad que se exige "es un criterio subjetivo".  Los colectivos sociales advierten que la norma podría ser impugnable por conflicto con la Constitución y el Estatuto de Autonomía. "No te digo que sea anticonstitucional, pero podría ser anulable en base a eso", explica Puyi.

Derecho al Techo defiende que el derecho a la vivienda "debe garantizarse mediante el cumplimiento del Estatuto de Autonomía y de la Constitución, el aumento del parque público de viviendas y la regulación del mercado".