El Gobierno de España transferirá 100 millones para los afectados del volcán

La ayuda se centrará en los perjuicios económicos producidos a personas físicas y empresas

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Un camión traslada enseres de afectados por la erupción en La Palma. / EFE
Un camión traslada enseres de afectados por la erupción en La Palma. / EFE

El Consejo de Ministros ha aprobado una subvención de 100 millones de euros para Canarias para la que las personas afectadas por la erupción volcánica en La Palma puedan sufragar los daños materiales ocasionados. La ayuda se centrará en los perjuicios económicos producidos a personas físicas y empresas, ha informado el Gobierno de España en un comunicado. 

Según ha informado el Ejecutivo nacional ha informado a través de un comunicado que las ayudas económicas tendrán por objeto la reparación o la compensación de la totalidad de los daños sufridos en todo tipo de bienes y actividades realizadas por las personas y entidades afectadas por los efectos del volcán, permitiéndoles recuperar su actividad personal, familiar, profesional, social y económica, en condiciones de calidad de vida equivalentes a las que tenían antes de la erupción.

Daños subvencionados

Subvención de 100 millones de euros para personas y entidades afectadas Las subvenciones se concederán en régimen de concesión directa, en razón del interés público y social derivado de las singulares circunstancias que ha vivido la isla de La Palma.

En el comunicado se indica que hay tres tipos de actuaciones subvencionables: Los daños materiales en toda clase de bienes, incluyendo la destrucción o inutilización de viviendas y edificaciones complementarias, así como las edificaciones, instalaciones y bienes afectos a actividades empresariales, entre ellas las agrarias, que constituyan un perjuicio derivado de la erupción del volcán, los daños materiales derivados de la desaparición o imposibilidad de continuar las actividades propias de las distintas explotaciones económicas, empresariales y profesionales, en especial las explotaciones agrarias que constituyan un perjuicio derivado de la erupción del volcán y cualquier otro daño no incluido que, debidamente acreditado, constituya un perjuicio derivado de la erupción del volcán.

Añaden desde el Gobierno central que "las ayudas concedidas en aplicación de este real decreto podrán tener carácter complementario y serán compatibles con otras subvenciones, indemnizaciones, ayudas, ingresos o recursos, procedentes de sistemas públicos o privados, nacionales o internacionales. Y, a los efectos de la concesión de estas ayudas económicas, no será de aplicación límite alguno por la cuantía de los ingresos o renta anuales de la persona o de la empresa afectada que sea beneficiaria".

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