Mercadona, condenada en las Islas por no dejar a una empleada cambiar un turno y cuidar a sus hijos

La mujer trabajaba en la tienda de Barranco Seco en Las Palmas de Gran Canaria como gerente

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Fotografía del exterior de un Mercadona / EFE
Fotografía del exterior de un Mercadona / EFE

Una empleada y madre de dos niños menores de edad (6 y 4 años) ha ganado una demanda en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) contra Mercadona, en la que solicitaba un cambio de horario laboral para cuidar de sus dos hijos menores.

La mujer trabajaba en la tienda de Barranco Seco en Las Palmas de Gran Canaria como gerente y tenía un horario de turno rotativo de lunes a sábado, una semana de 09:30 a 15:00 horas, y otra de 16:30 a 22:00 horas. Al tener dos hijos menores solicitó en enero de 2023, que la empresa le permitiera trabajar en turno de mañana exclusivamente (de 9:30 a 15:00 horas) y los sábados a necesidad del centro sin entrar en rotación de turnos, pero se lo denegó.

El marido

El marido trabajaba como autónomo en su propio centro de entrenamiento personal y si se quedaba al cuidado de los niños, se reducía su capacidad de trabajo porque tenía que cerrar el centro al no poder coordinar los horarios con sus clientes, mientras su mujer desempeñaba el turno de tarde. 

Mercadona alegaba que las funciones realizadas por la empleada (centralización de telecompras), se realizan en mayor número en turno de tarde, lo que justificaba la negativa empresarial a la adaptación horaria solicitada. Además, incidía la empresa que si colocaban a la mujer en el turno de mañana afectaría a la asignación de turnos del resto de personal afectando a la distribución de tareas del resto de la plantilla.

Empleadas cualificadas

Sin embargo, la empleada consiguió probar que era factible recolocarla en turno de mañana en otras funciones de tienda, al contar Mercadona con otras personas empleadas cualificadas que pueden desempeñar la colocación de las compras y que cuentan con titulación específica para ello. Por tanto, no concurrían razones objetivas que impidieran a la empresa la adaptación horaria solicitada. 

La mujer ya había ganado una demanda a la empresa en una sentencia dictada en junio de 2023 por el Juzgado de lo Social número 8 de Las Palmas de Gran Canaria. Lo que ha hecho la magistrada Gloria Poyatos, ponente de esta sentencia del TSJC de enero de 2024 es desestimar el recurso que Mercadona había interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social.

El TSJC condena a Mercadona a modificar el horario de la trabajadora y a pagarle 5.000 euros en concepto de indemnización.