Preocupación en las prisiones por la sentencia que permite el uso del 'satisfyer' a una presa

Los funcionarios de las prisiones canarias están en contra de que el juguete erótico tenga que ser custodiado por ellos, ya que se les “está atribuyendo una función que no les corresponde"

Guardar

Preocupación en las prisiones por la sentencia que permite el uso del 'satisfyer' a una presa
Preocupación en las prisiones por la sentencia que permite el uso del 'satisfyer' a una presa

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Pamplona ha autorizado a una reclusa a usar el satisfyer, un juguete erótico que se ha puesto de moda en los últimos años. Esta sentencia ha motivado la preocupación entre los funcionarios de prisiones de Canarias, que temen que la medida se pueda extender a las cárceles de las Islas y les toque a ellos “hacer funciones que no les corresponde”.

“Sin embargo, a mi juicio, el objeto en cuestión no debe suponer un peligro para la salud u ordenada convivencia en tanto que le puede ser facilitado a la interna en momentos concretos (por la noche, por ejemplo) y serle retirado el resto del tiempo; es decir, la custodia corresponderá al Centro Penitenciario, pero su uso se debe autorizar”, detalla la juez en la sentencia.

Opinión de los funcionarios

Es en esa custodia dónde radica el problema. Para el sindicato de funcionarios de prisiones Tu Abandono Me Puede Matar en Canarias, no es relevante en sí que se trate de un satisfyer. Consideran que la tenencia de ciertos objetos, en general, puede suponer un problema de cara a la seguridad, tanto de los internos, como de los empleados, dado que “pueden extraer piezas, están formados por plásticos rígidos, etc”.

Comprenden que el catálogo de objetos prohibidos y permitidos que recoge la legislación penitenciaria no se encuentre actualizada “a los tiempos que vivimos” y “es imposible que todos los objetos existentes se encuentren en la lista”. Por ello, manifiestan que deberían ser los dirigentes de los centros los que deberían de regular si un objeto puede estar permitido o no para la tenencia por un interno. 

Cárcel Tenerife II. / Google Maps
Cárcel Tenerife II. / Google Maps
 

"Sin compartirlo"

“No se autoriza el uso compartido, sino el uso por su propietaria, la interna incurrente; quien deberá asumir que tal uso se producirá sin molestias a otras internas, sin compartirlo, y en los momentos en el que el personal así lo considere y pueda facilitárselo”, reza el escrito.

“La propia interna deberá facilitar la entrega de pilas y la comprobación de que, en efecto, no las tiene, o en su defecto, lavarlo con agua y jabón antes de entregarlo, aún cuando el personal encargado de retirarlo utilice guantes y pueda ser lavado también después”, argumenta la juez.

Funciones que no les corresponden

Desde el sindicato en las islas se posicionan en contra de que el juguete sexual tenga que ser custodiado por los funcionarios de vigilancia interior, ya que se les “está atribuyendo una función que no corresponde a nuestro trabajo”. 

Los funcionarios de las cárceles canarias exponen que no podrían garantizar las medidas higiénicas para un objeto íntimo como el que se recoge y recalcan que “para nada es una labor que debamos realizar”.