Trabajar a altas temperaturas en Canarias: mucha prevención, ninguna prohibición

A falta de directrices claras en los convenios colectivos, los inspectores no encuentran respaldo normativo para actuar por riesgo de calor en el Archipiélago

Guardar

La prevención de riesgos laborales por altas temperaturas es especialmente importante en las zonas del sur de España durante el verano./  REDES.
La prevención de riesgos laborales por altas temperaturas es especialmente importante en las zonas del sur de España durante el verano./ REDES.

Con la llegada del verano aumenta la preocupación por las consecuencias de las altas temperaturas, sobre todo en el entorno laboral. En los trabajos sedentarios de interior, como por ejemplo una oficina, el empresario está obligado a mantener una temperatura entre los 17 y los 27º C pero, para los trabajos en el exterior, la normativa no establece ningún rango concreto debido a la imposibilidad para controlar las condiciones climáticas al aire libre. Hasta el año pasado la legislación solo establecía que el empleador debe adoptar pautas de prevención en la medida de lo posible. Pero el fallecimiento de un operario de limpieza por un golpe de calor el verano pasado en Madrid reabrió el debate y estableció nuevas directrices en materia de prevención, introduciendo el concepto de condiciones climáticas adversas.

Aunque la legislación establece como principio general que las condiciones de trabajo no deben afectar a la seguridad y la salud, las medidas concretas quedan en manos de la negociación entre sindicatos y patronal. Así, el inspector de Trabajo de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, Marcial Benítez, comenta a modo de ejemplo que "en el convenio colectivo de la construcción en la provincia de Sevilla los sindicatos han negociado que a partir de cierta hora no se trabaja". Sin embargo, la situación en Canarias es distinta ya que "no se ha negociado" una prohibición específica para ninguna franja horaria o circunstancia climática. Así, en ausencia de convenios colectivos que establezcan restricciones bajo ciertas premisas, la Inspección de Trabajo encuentra dificultad para justificar posibles sanciones. "No tengo una norma que me ampare para actuar con contundencia", reconoce Benítez. 

Trabajo
Operarios realizan trabajos en altura./ REDES.
 

Evaluación de riesgos

A falta de una directriz tangible, el empleador debe realizar una evaluación de riesgos cuando se produzcan estas condiciones climáticas adversas, que abarcan tanto el calor como la radiación solar o la calima. "La AEMET presenta un diagrama con las horas del día, divididas en alertas amarillas, naranjas o rojas y así el empresario puede decidir suspender el trabajo" amparándose en estos avisos. En caso de que se detenga la actividad, el empresario deberá justificarlo en las condiciones ambientales anunciadas por la AEMET, dado que "no emplear a un trabajador sin motivo puede ser una falta de ocupación efectiva, que es un tipo de sanción que podemos proponer si tienes un trabajador contratado pero no realiza ninguna labor", matiza Marcial Benítez. En todo caso, esas horas en las que se detiene la actividad son adeudadas por el trabajador a la empresa y deberán compensarse en otro horario, siempre y cuando las partes no acuerden descontarlas del salario. 

"Cada empresario debe tener en cuenta las medidas preventivas aplicables y para ello hay una campaña de sensibilización y asesoramiento del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluye protocolos sobre los diferentes niveles de humedad y temperatura", comenta Benítez. "Puedes pautar puntos de sombra como una pequeña carpa, una nevera con agua fría o descansos de diez minutos por cada hora de trabajo, con obligación de beber agua. Dentro de estas medidas también tienes que informar a cada trabajador sobre qué es el golpe de calor y cómo hay que actuar, así como de las obligaciones de hidratarse", continúa el inspector. Por último, concluye "el empresario está obligado a poner las pautas y el trabajador a seguirlas, preferentemente entregadas por escrito".

Inspección en Canarias

La actividad de la Inspección de Trabajo se adapta a las particularidades de cada región, por lo que en Canarias se centra principalmente en el "sector de la hostelería, por su amplia presencia, y también la construcción. por su alto índice de siniestralidad", señala Benítez. En el caso de la hostelería, sobre todo en los hoteles, encontramos "empresas de grandes dimensiones que suelen tener una implantación sindical considerable, lo que motiva bastantes actuaciones, aunque no tan enfocadas en prevención, sino en temas laborales: horarios, complementos salariales..."

Asimismo recuerda que la labor preventiva e inspectora abarca todos los sectores económicos desde la "inspección pesquera, que se realiza con Capitanía marítima, de agricultura en colaboración con la Guardia Civil, actuaciones nocturnas para ver situaciones de alta en discotecas y locales nocturnos, a las que acudimos con la Policía Nacional", afirma Benítez. Otra de las particularidades de Canarias remite a las camareras de piso en los hoteles ya que "tenemos un compromiso mínimo de actuaciones para controlar tanto la jornada laboral, como el salario salarial, la prevención de riesgo laborales o el cumplimiento del convenio colectivo".

TrabajdorREc
Trabajador de la construcción./ REDES.

Ergonomía y factores psicosociales

Con independencia de sector, a medida que se van incorporando nuevas estrategias de prevención se incluyen nuevos tipos de actuaciones, como ergonomía o los factores piscosociales. "Las estadísticas están mostrando que alrededor del 60% de las bajas laborales están relacionadas con trastornos musculo-esqueléticos relacionados con factores ergonómicos en la empresa", subraya Benítez.

En cuanto al estrés y los factores psicosociales, en la mayoría de los casos no son considerados accidentes de trabajo pero "sí se considera que hay un alto índice de absentismo laboral relacionado con el estrés", comenta Marcial Benítez, que en este sentido señala que "España es uno de los países de la UE con consumo más alto de ansiolíticos". Sobre la consideración de estos riesgos laborales, Benítez explica que "las mutuas no están preparadas para dar atención psicológica a las personas y normalmente se derivará a un psicólogo externo", lo cual complica relacionar la dolencia con las condiciones del puesto de trabajo.