El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha recomendado a todos los órganos judiciales de Tenerife y Gran Canaria evitar, en la medida de lo posible, la celebración de actuaciones judiciales presenciales no urgentes durante los días de la visita del papa León XIV al archipiélago.
La medida afecta al jueves 11 de junio en Gran Canaria y al viernes 12 de junio en Tenerife, jornadas en las que se prevén importantes restricciones de movilidad derivadas del dispositivo de seguridad y organización previsto con motivo de la visita apostólica.
Acuerdo
Según ha dado a conocer este miércoles el TSJC en un comunicado, el acuerdo ha sido dictado este miércoles "por el presidente, Juan Luis Lorenzo Bragado, tras la reunión de la Comisión de Seguimiento prevista en el protocolo organizativo aprobado por la Sala de Gobierno del alto tribunal" y después de recibir la comunicación remitida por la Dirección General de Relaciones "con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias" sobre la situación de prealerta.
Apuntan que la resolución solicita a las presidencias de tribunales, secciones, audiencias y salas que "revisen con antelación los señalamientos previstos para esas fechas, los reordenen cuando sea necesario y prioricen la celebración anticipada de actuaciones urgentes".
Medios telemáticos
Asimismo, desde el TSJC insisten en el "uso de medios telemáticos siempre que sea legal y técnicamente posible, con el objetivo de reducir desplazamientos y garantizar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia durante ambas jornadas".
No obstante, apuntan que el acuerdo "deja claro que deberán mantenerse todos los servicios esenciales". Entre ellos figuran "los servicios de guardia, la presentación de personas detenidas, las decisiones urgentes de instrucción, la protección de derechos fundamentales, los procedimientos relacionados con personas vulnerables, las medidas cautelarísimas, la protección de menores y víctimas de violencia de género, así como la expedición de licencias de enterramiento y cualquier otra actuación judicial inaplazable".
Casos puntuales
Además, el TSJC señala que, en aquellos casos en los que una actuación presencial no pueda celebrarse o resulte dificultada por las restricciones de movilidad, los órganos judiciales "deberán adoptar las decisiones procesales que correspondan conforme a la legislación vigente, incluyendo la posible aplicación de la causa de fuerza mayor prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil".
Aunque la comunicación inicial del Gobierno de Canarias hacía referencia a determinados partidos judiciales concretos, el acuerdo extiende esta recomendación "al conjunto de órganos judiciales de Tenerife y Gran Canaria, al considerar que las limitaciones de movilidad podrían afectar al acceso ordinario a cualquier sede judicial de ambas islas".