La ampliación de 2.500 metros cuadrados del Siam Mall de Adeje sigue pendiente de un hilo. Como ya adelantó en exclusiva Atlántico Hoy, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anuló, en una sentencia que ya es firme tras dos inadmisiones a trámite de sendos recursos casacionales de Adeje, el Programa de Actuación sobre el Medio Urbano (PAMU) que permitió a los dueños del centro (Depósitos Almacenes Numero Uno S.A., de Amid Achi; Siam Ru S.L.U., de Timur Mednov; y Atimos Canarias S.L.U., de Shyam Aswani) incrementar la superficie comercial del centro.
Ahora,este medio ha podido saber que existe un segundo procedimiento judicial paralelo, todavía pendiente de sentencia, que pretende que se anule también la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Adeje para ejecutar dicha ampliación, que se produjo entre 2023 y 2024.
Buscan demoler la ampliación
La demanda, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, fue presentada el 14 de abril de 2025 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Tenerife y solicita declarar "no conforme a Derecho" y anular la licencia de ampliación del Siam Mall. La representación legal de la parte demandante ha explicado a este medio que la sentencia del juicio saldrá próximamente y que, si se anula la licencia, "habrá obligación de demoler la ampliación del centro comercial".
En las conclusiones finales presentadas por esta parte demandante en el juicio, fechadas el 2 de febrero de 2026 y también consultadas por este periódico, se insiste en que “el presente recurso ha de ser estimado, debiéndose anular la licencia impugnada, al haberse anulado el instrumento urbanístico que le daba cobertura a dicha licencia, esto es, el PAMU del Centro Comercial Siam Mall”.
La caída del PAMU
El núcleo del procedimiento gira sobre si la caída judicial del PAMU arrastra también la nulidad de la licencia que permitió ejecutar las obras de ampliación. Como adelantó Atlántico Hoy, el TSJC anuló el PAMU aprobado por el Ayuntamiento de Adeje al considerar que la figura urbanística fue utilizada de manera improcedente para incrementar la edificabilidad comercial del Siam Mall, y no para resolver déficits de dotación urbanística en la zona o intervenir sobre partes degradadas.
Adeje recurrió dicha sentencia ante el Ttribunal Superior de Justicia de Canarias y ante el Supremo. Ambas salas inadmitieron a trámite el recurso, entre otras razones por carecer de interés casacional. Tras conocerse estos autos con las publicaciones de este periódico, el concejal de Urbanismo de Adeje, Manuel Luis Méndez, afirmó en Pleno que "no se va a demoler nada", sino que la ampliación del Siam Mall quedaba a partir de ahora en "situación legal de consolidación fuera de ordenación", ya que cuando la sentencia ha devenido en firme las obras "ya estaban ejecutadas" y "[no procede demoler] lo ejecutado en base a una licencia legalmente concedida".
La intención de Adeje es que las obras pasen a formar parte de la ordenación cuando se redacte el nuevo PGO de la ciudad, pero este segundo procedimiento judicial que persigue la anulación de la licencia urbanística del 26 de abril de 2023 pone en jaque el plan adejero, pues, de fallar la justicia a favor de la parte demandante, la demolición forzosa por falta de licencia estaría sobre la mesa.
Buscan anular la licencia
Según sostiene la demanda, “la licencia impugnada es nula, ya que el PAMU ha sido anulado jurisdiccionalmente y ha desaparecido del ordenamiento jurídico”. También subraya que la licencia no quedó blindada como acto firme porque fue recurrida por el mismo demandante en tiempo y forma antes de la anulación del PAMU. Este sostiene que el artículo 73 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa solo protege los actos administrativos firmes y que ese requisito no concurre en este caso.
En las conclusiones presentadas ante el juzgado en febrero de este año 2026, se insiste en esa idea: “La licencia no era un acto firme, ya que fue expresamente impugnada por el recurrente en reposición”. Estas conclusiones señalan que “el PAMU es el instrumento urbanístico que dota a la Parcela B1 del SO15 con el incremento de edificabilidad, ocupación y altura máxima que luego se prevé en el proyecto para el que se concede la licencia”. El escrito apunta: “La desaparición de aquel plan o programa, de darse, deja esas determinaciones fundamentales sin cobertura jurídica”.
La representación legal de la parte demandante afirma a Atlántico Hoy: “Si finalmente la sentencia que recaiga en el citado procedimiento judicial anula también la licencia de obras, podrían derivarse importantes consecuencias en materia de reposición de la legalidad urbanística, incluida eventualmente la demolición de las obras ejecutadas”.
