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Turistas conduciendo un coche que marca una velocidad de 230 kilómetros por hora. /Imagen de la red

Turistas se graban conduciendo a 230 km/h por una carretera de Tenerife

El límite máximo en las vías españolas es de 120 km/h, por lo que circular a 230 km/h supone un exceso de 110 km/h. Según el Código Penal, este comportamiento constituye un delito contra la seguridad vial, pero no necesariamente conducción temeraria

Unos turistas han grabado un vídeo que se ha difundido por redes sociales en el que conducen por una carretera de Tenerife a una velocidad que llega a los 230 kilómetros por hora. En el vídeo, se puede ver cómo circulan porla vía, más o menos despejada, a plena luz del día. 

El límite máximo en las autopistas españolas es de 120 km/h, por lo que circular a 230 km/h supone un exceso de 110 km/h. Según el artículo 379.1 del Código Penal, este comportamiento constituye un delito contra la seguridad vial, al superar en más de 80 km/h la velocidad permitida en vías interurbanas.

De acuerdo con la normativa, los responsables podrían enfrentarse a penas de prisión de 3 a 6 meses, multas de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada del carné de conducir entre 1 y 4 años.

¿Conducción temeraria?

No se trata técnicamente de “conducción temeraria” —que está recogida en el artículo 380 del Código Penal y requiere que exista un peligro concreto para la vida o integridad de las personas—, pero sí de un exceso de velocidad tipificado como delito. "Hablamos de conducción temeraria si concurren maniobras que generen un peligro concreto", explica a Atlántico Hoy agentes de la Policía Local. 

En cuanto a la posibilidad de que se les sancione, "si no los paran para identificarlos, la multa con el radar iría al rent a car, que facilitarán los datos de los conductores a tráfico. Si son europeos, a lo mejor se les puede sancionar. Si no, es casi imposible", detallan los agentes.